HECHOS
Primero.- El Director del Instituto Canario de la Vivienda, con fecha 5 de junio de 2006, en base a lo establecido en el artículo sexto del Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de alquiler, en relación con lo dispuesto en los artículos 15.2 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y 9.1.C.).b) del Decreto 2/2004, de 27 de enero, fijó el día 31 de julio de 2006 como fecha de cierre de presentación de solicitudes para la promoción: 33 Viviendas Montaña Pacho, expediente TF-050/PP/04, del municipio de La Laguna.
Segundo.- Por Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda se aprobaron en fecha 8 de junio de 2007, las relaciones de solicitantes admitidos y excluidos, procediéndose a su exposición pública e inserción en prensa en los términos establecidos en el punto 2 del artº. 11 del Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, a los efectos de conocimiento y formulación de reclamaciones.
Tercero.- Que por la Comisión de Vivienda se ha emitido, en su sesión del 1 de julio de 2009, informe favorable a la adjudicación.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I.- La competencia para resolver la adjudicación de viviendas corresponde al Director del Instituto Canario de la Vivienda, conforme establecen los artículos 15.2 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, y 10.1.C).b) de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, aprobados mediante el Decreto 152/2008, de 7 de julio.
II.- La precitada competencia ha de estar precedida por el informe previo de la Comisión de Vivienda, tal como establecen los artículos 24.1.d) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, y 12.4.d) de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, aprobados mediante el Decreto 152/2008, de 7 de julio.
En consecuencia,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar la "Lista definitiva de adjudicatarios" y de la "Relación para posibles vacantes", que se adjuntan, de la promoción: 33 Viviendas Montaña Pacho, expediente TF-050/PP/04, del municipio de La Laguna.
Segundo.- Se proceda a publicar en el Boletín Oficial de Canarias la lista de adjudicatarios y la relación para posibles vacantes.
Tercero.- Se remita al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna para su conocimiento y difusión.
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2009.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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