BOC - 2008/217. Miércoles 29 de Octubre de 2008 - 4199

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de La Laguna

4199 - EDICTO de 24 de septiembre de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000206/2008.

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Dña. M. Isabel Pardo Vivero Alsina, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos por mí, Dña. María Isabel Pardo Vivero Alsina, Juez sustituta del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el nº 206/2008 a instancias de Dña. Rafaela Mejías Álvarez, representada por el Procurador D. Claudio García del Castillo y defendida por la Letrada Dña. Ana Perera, contra D. Luis Fernando Jiménez Hernández y D. José Juan Díaz García, incomparecidos en autos y declarados en situación de rebeldía procesal, sobre desahucio y reclamación de rentas.

En La Laguna, a 11 de julio de 2008.

FALLO:

Que debo estimar la demanda interpuesta por el Procurador D. Claudio García del Castillo en nombre y representación de Dña. Rafaela Mejías Álvarez, contra D. Luis Fernando Jiménez Hernández y D. José Juan Díaz García, en situación de rebeldía procesal, y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 13 de enero de 2006, y en consecuencia, habiendo lugar al desahucio del arrendatario demandado por falta de pago de las rentas pactadas, con apercibimiento expreso de lanzamiento, y condenando solidariamente a éste y al fiador al abono a la actora de la cantidad de 3.000 euros, más las cantidades que se sigan devengando hasta el efectivo desalojo de la vivienda, con los intereses y la expresa condena en costas.

Notifícase esta resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Laguna, a 24 de septiembre de 2008.- El/la Magistrado-Juez.



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