BOC - 2008/096. Miércoles 14 de Mayo de 2008 - 728

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

728 - ORDEN de 24 de abril de 2008, por la que se corrige la Orden de 13 de marzo de 2008, que convoca los premios a los mejores deportistas del año 2007 (B.O.C. nº 67, de 3.4.08).

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Detectados errores materiales en la Orden de 13 de marzo de 2008, por la que se convocan los premios a los mejores deportistas del año 2007 (B.O.C. nº 67, de 3.4.08), se hace necesario proceder a su corrección, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 13 de marzo de 2008 se convocan los premios a los mejores deportistas del año 2007 (B.O.C. nº 67, de 3.4.08).

Segundo.- En la citada Orden Departamental se han detectado errores materiales en los artículos 3 y 12, relativos al diámetro de la medalla que ha de concederse a los premiados y número máximo de Menciones Especiales respectivamente, por lo que resulta necesaria su corrección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- Lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1 de agosto) y en el artículo 4 del Decreto 113/2006, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual,

D I S P O N G O:

Único.- Corregir los errores materiales detectados en la Orden de 13 de marzo de 2008, por la que se convocan los premios a los mejores deportistas del año 2007 (B.O.C. nº 67, de 3.4.08), de la siguiente forma:

En el segundo párrafo del citado artículo 3, donde dice:

"Tendrá un diámetro de 3,5 centímetros."

Debe decir lo siguiente:

"Tendrá un diámetro de 5,5 centímetros."

En el artículo 12, donde dice:

"hasta un máximo de cinco Menciones Especiales."

Debe decir lo siguiente:

"hasta un máximo de seis Menciones Especiales."

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2008.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.



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