De conformidad con lo establecido en los artículos 81 y siguientes de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias el ejercicio del control financiero en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Intentada la notificación, con arreglo al artº. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por este Centro Directivo, sin haberse podido practicar por causas no imputables a la Administración, del requerimiento de información dirigido a Luis M. Santana Rodríguez, S.L. (C.I.F. B-35372564), en relación con el control financiero que esta Intervención General viene efectuando sobre la Heredad Acequia Real de Aguatona- Ingenio, por razón de la subvención concedida por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, al amparo de la Orden de 8 de mayo de 2000, por la que se convocan para el año 2000 las subvenciones previstas en el Decreto 25/1990, de 7 de febrero, que establece ayudas para la mejora de regadíos, y no teniendo constancia esta Intervención General del domicilio actual de Luis M. Santana Rodríguez, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1. Notificar el requerimiento de información dirigido a Luis M. Santana Rodríguez, S.L. (C.I.F. B-35372564), en relación con el control financiero que esta Intervención General viene efectuando sobre la Heredad Acequia Real de Aguatona-Ingenio, por razón de la subvención concedida por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, al amparo de la Orden de 8 de mayo de 2000, por la que se convocan para el año 2000 las subvenciones previstas en el Decreto 25/1990, de 7 de febrero, que establece ayudas para la mejora de regadíos.
El interesado dispone de un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para comparecer en la Intervención General de la Comunidad Autónoma, en el Servicio de Control Financiero de Fondos Comunitarios, calle Tomás Miller, 38, de Las Palmas de Gran Canaria, al objeto de ser notificado del contenido íntegro del escrito de requerimiento de información.
Así mismo, se advierte al interesado que, si transcurrido dicho plazo, no hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
Todo ello de conformidad con el artículo 46 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre de 2003 (B.O.E. de 18 de noviembre), por el que se establece la obligación que tienen los terceros relacionados con el objeto de la subvención de facilitar cuanta documentación sea requerida por el órgano competente para el ejercicio de las funciones de control que le correspondan, considerándose la negativa al cumplimiento de la mencionada obligación resistencia, excusa, obstrucción o negativa, a los efectos previstos en el artículo 37 de la mencionada Ley de Subvenciones, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.
2. Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de la Vega de San Mateo, población correspondiente a su último domicilio conocido, para su publicación en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de agosto de 2006.- El Interventor General, p.d., el Jefe de Servicio de Control Financiero de Fondos Comunitarios (Resolución de 17.4.98), Agustín Ojeda Vega.
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