Por la Sra. Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Dña. María Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 10 de julio de 2006, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
No teniendo constancia en este Cabildo del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la resolución declarando la improcedencia de incoar procedimiento sancionador y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la Propuesta de Resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones en funciones de fecha 10 de julio de 2006, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan la resolución que ha recaído en el expediente sancionador.
Contra la resolución que por la presente se notifica podrá interponerse recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, como requisito previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo que habrá de formularse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o aquel en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Alumtec Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/201397/O/05; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-1498-CD; FECHA DENUNCIA: 13 de diciembre de 2005; HECHO: declararán improcedencia.
2) TITULAR: Parra Hernández, Francisco Miguel; EXPTE.: GC/200063/O/06; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: 4647-BZW; FECHA DENUNCIA: 23 de enero de 2006; HECHO: declararán improcedencia.
3) TITULAR: Transportes y Excavaciones Tiagua, S.L.; EXPTE.: GC/200025/O/06; POBLACIÓN: Teguise; MATRÍCULA: 8481-BHH; FECHA DENUNCIA: 18 de enero de 2006.
4) TITULAR: Sersanher, S.L.; EXPTE.: GC/200031/O/06; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-8753-AG; FECHA DENUNCIA: 19 de enero de 2006; HECHO: declararán improcedencia.
5) TITULAR: Wartha Azno; EXPTE.: GC/200012/O/06; POBLACIÓN: Ingenio; MATRÍCULA: GC-8195-CJ; FECHA DENUNCIA: 17 de enero de 2006; HECHO: declararán improcedencia.
Y para que conste y surta los efectos procedentes, expido la presente Orden y con el visto bueno de la Presidencia.
Puerto del Rosario, a 10 de julio de 2006.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vº.Bº.: la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, María Pilar Rodríguez Ávila.
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