Efectuada convocatoria pública mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 24 de febrero de 2006 (B.O.C. nº 44, de 3.3.06) Modificado en el B.O.C. nº 81, de 27.4.06).
Visto el informe de la Dirección General de la Función Pública, emitido de conformidad con lo previsto en la base quinta de la convocatoria, relativo al cumplimiento por parte de las solicitantes de los requisitos exigidos en la misma.
Visto el informe de la Secretaria General.
De acuerdo con la base sexta de la convocatoria y en uso de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 4.2.d) del Decreto 7/2004, de 3 de febrero (B.O.C. nº 27, de 10.2.04), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno y el artículo 17.1 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 53, de 1.5.98),
D I S P O N G O:
Primero: designar a la funcionaria Dña. María Asunción Cordobés Rivero, con D.N.I. nº 42.097.982 R, para desempeñar el siguiente puesto: Centro Directivo: Secretaría General. Unidad: Apoyo al Secretario General. Denominación del Puesto: Secretario/a de Dirección. Número del puesto: 3576. Nivel: 18. Puntos de complemento específico: 26. Vínculo: funcionario. Administración de procedencia: CAC. Grupo: D. Adscripción Cuerpo/Escala: D611 (Cuerpo Auxiliar). Jornada: especial. Localización: Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria.
Segundo: la funcionaria cesará en su actual puesto de trabajo en el plazo de tres días, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de este Decreto, y habrá de tomar posesión en igual plazo, si reside en la misma isla, o en un mes, si reside fuera de ella, contado desde el día siguiente al del cese.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, si la recurrente tuviera su domicilio en esta circunscripción, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 2006.
EL PRESIDENTE,
Adán Martín Menis.
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