En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de enero de dos mil seis.
Vistos por el Ilustrísimo señor D. Miguel Losada Terron, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Trece de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de juicio ordinario 363/2005, seguido entre partes. Como demandante Neorama, S.L., representada por la Procuradora Dña. Ruth Arencibia Afonso y dirigida por el Abogado D. Ignacio Ilisástigui Comillas; y como demandado D. Agustín Puig Busquets, declarado en rebeldía.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Arencibia Afonso condeno a D. Agustín Puig Busquets a pagar a la actora, Neorama, S.L., la cantidad de 3.756,33 euros más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda.
Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre condena en costas.
Notifiquese esta resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.
Y, para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de D./Dña. Desconocido se expide la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de febrero de 2006.- El/la Secretario.
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