La Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las Personas Mayores y de la solidaridad entre Generaciones (B.O.C. nº 87, de 19), instituyó, en su Disposición Adicional Primera, los Premios de Solidaridad con los Mayores, como reconocimiento público a las personas físicas o jurídicas que destaquen notoriamente por su especial solidaridad con las personas mayores, los cuales deben ser otorgados por el Consejero del departamento competente en materia de asuntos sociales, bien por propia iniciativa, bien a propuesta del Consejo Canario de los Mayores.
En su virtud, mediante Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, de fecha de 6 de mayo de 1998, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 63, del día 25, se establecieron las bases para el otorgamiento de los Premios de Solidaridad con los Mayores, una de las cuales determina que "al término de cada período bienal, la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales efectuará la convocatoria correspondiente a dicho período, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, invitando a la presentación de candidaturas".
Por lo que antecede, a través de la citada Orden Departamental se convocó la primera edición de los Premios de Solidaridad con los Mayores, correspondientes al bienio 1996/97.
Posteriormente, mediante Orden Departamental de 17 de enero de 2000, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 21, de 18 de febrero, se convocaron los correspondientes al período 1998/1999.
En el año 2002, por Orden Departamental de 18 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 89, del día 1 de julio, se convocaron los correspondientes al bienio 2000/2001.
Por su parte, en el año 2004, por Orden Departamental de 8 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 55, del día 19, se convocaron los Premios del bienio 2002/2003.
Por cuanto antecede, a fecha actual, procede realizar nueva convocatoria de los referidos Premios, de conformidad con lo previsto en la citada Ley 3/1996, de participación de las Personas Mayores y de la solidaridad entre Generaciones, y al amparo de lo establecido en el Decreto 39/2005, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- La concesión de los Premios de Solidaridad con los Mayores, instituidos por la Disposición Adicional Primera de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las Personas Mayores y de la solidaridad entre Generaciones, se efectuará con sujeción a lo dispuesto en dicha Ley y a lo que se establece en las bases aprobadas mediante Orden de esta Consejería, de fecha 18 de junio de 2002 (B.O.C. nº 89, de 1 de julio).
Artículo 2.- Se convocan, por la presente Orden, los Premios de Solidaridad con los Mayores correspondientes al bienio 2004/05, para lo que podrán presentarse candidaturas, en la forma que se establece en las bases contenidas en el anexo I de la Orden de fecha 18 de junio de 2002, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.
Artículo 3.- Las candidaturas habrán de presentarse, según proceda, en los modelos impresos que figuran como anexos I, II y III de la presente Orden, en las oficinas de la Dirección General de Servicios Sociales, sitas en la Avenida Benito Pérez Armas, 4, Edificio Andrea, 38007-Santa Cruz de Tenerife y en la calle Profesor Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II, 2ª planta, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.
Artículo 4.- La presentación de las candidaturas podrá realizarse en dichas oficinas, así como en las de los Cabildos Insulares de Canarias o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2006.
LA CONSEJERA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
María Luisa Zamora Rodríguez.
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