Providencia de 12 de enero de 2006, del Instructor del expediente sancionador en materia de transportes que se relaciona, sobre notificación de Propuesta de Resolución en materia de infracción administrativa de transporte.
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, sobre notificación a interesado intentada y no practicada,
D I S P O N G O:
Notificar al denunciado que se cita la Propuesta de Resolución formulada con ocasión del expediente que le ha sido instruido por este Cabildo por infracción administrativa en materia de transporte. En virtud de lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto-Ley 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el interesado dispondrá de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente providencia, para manifestar por escrito la que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intente valerse.
El abono de la cantidad correspondiente a la multa podrá realizarse mediante ingreso en la cuenta corriente restringida de recaudación de que es titular el Cabildo Insular de El Hierro, en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, nº 0182/6544/52/0201504553, haciendo constar en el documento de ingreso, número de expediente sancionador de transportes TF/0700021/O/2005 y presentando copia justificativa del ingreso en el Servicio de Transferencias de este Cabildo, bien personalmente o por correo,
TITULAR: D. Julián Ramón Quintero Méndez; Nº EXPTE.: TF/0700021/O/2005; POBLACIÓN: Frontera; MATRÍCULA: TF-9800-U; INFRACCIÓN: artº. 142.8, en relación con los artículos 47 y 103 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera; CUANTÍA: doscientos un (201) euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa de transporte, acreditando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su otorgamiento en el plazo máximo de 15 días, contados desde la notificación del inicio del expediente sancionador.
Valverde, a 12 de enero de 2006.- La Instructora, Concepción Barrera González.
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