De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2005, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"IV.- Área de Planeamiento, Gestión Urbanística y Patrimonio. Planeamiento.
4.- Aprobación definitiva del Estudio de Detalle formulado por la sociedad Dunas Canteras, S.L., para la manzana comprendida entre las calles Fernando Guanarteme, Daoiz, Pizarro y República Dominicana.
El Pleno de la Corporación acordó, por 18 votos a favor, de los grupos PP (15) y CC (3); y 11 abstenciones, de los grupos PSOE (9) y Mixto (2), aprobar la propuesta del tenor literal siguiente:
"Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes
ANTECEDENTES
1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de septiembre de 2005 se procedió a la aprobación inicial el Estudio de Detalle referido a la manzana comprendida entre las calles Fernando Guanarteme, Daoiz, Pizarro y República Dominicana, instado por la sociedad Dunas Canteras, S.L.
2º) El mismo se sometió a información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el periódico "Canarias 7", de fecha 6 de septiembre de 2005, en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 115), de fecha 9 de septiembre de 2005 y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, sin que conste en el expediente la presentación de escritos de alegaciones, según informe del Servicio de Planeamiento de fecha 11 de octubre de 2005.
3º) Se emite informe con fecha 11 de octubre de 2005 por el Servicio de Planeamiento, en el que se concluye que:
"se propone la Aprobación Definitiva del Estudio de Detalle "Residencial Dunas" (DET-N05-04), entre las calles República Dominicana, Daoiz, Fernando Guanarteme y Pizarro."
4º) Por los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 11 de octubre de 2005 favorable para el trámite de aprobación definitiva.
Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:
I.- El artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, establece la competencia del Pleno Municipal para la aprobación que ponga fin a la tramitación de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, entre los que se encuentran los Planes Parciales.
II.- El artículo 140 del Reglamento de Planeamiento, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y Estudio de Detalle.
III.- El artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y el artículo 70.2 -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor."
Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 19 de octubre de 2005, el Pleno de la Corporación
ACUERDA
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle formulado por la entidad mercantil Dunas Canteras, S.L. para la manzana comprendida entre las calles Fernando Guanarteme, Daoiz, Pizarro y República Dominicana, consistente en la ordenación volumétrica de dicha manzana, con aplicación de lo establecido en el artículo 8.7.8.2 de las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal de Ordenación.
Segundo.- Comunicar este acuerdo a la Comisión de Ordenación y Medio Ambiente de Canarias, a los efectos previstos en el artículo 140 del Reglamento de Planeamiento.
Tercero.- Proceder a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
Cuarto.- Proceder a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Quinto.- Notificar este acuerdo en legal forma a la promotora, haciéndole saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de Las Palmas), a tenor de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el artículo 109.c) de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Lo que se publica para general conocimiento a los efectos indicados y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de noviembre de 2005.- La Secretaria General, Ana María Echeandía Mota.
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