Dña. María Engracia Sánchez Palacios Secretario del Juzgado de Instrucción nº2 de Alcobendas.
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el juicio de faltas nº 131/2003 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Alcobendas, a diez de septiembre de dos mil tres.
Vistos en juicio oral y público por Dña. Marta Hernández Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº Dos de esta localidad, los autos de juicio verbal de faltas que antecede seguidos ante este Juzgado contra Beatriz Águila del Valle y Lourdes Martín Morales por una presunta falta de hurto,
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a Beatriz Águila del Valle y Lourdes Martín Morales de toda responsabilidad criminal derivada de las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Juez que la autoriza, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.
Doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Lourdes Martín Morales, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Canarias, expido la presente en Alcobendas, a veinte de enero de dos mil cinco.- El/la Secretario.
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