La Ley 24/1994, de 12 de julio, por la que se establecen normas sobre concursos de provisión de puestos de trabajo para funcionarios docentes (B.O.E. de 13), habilita a las Administraciones Educativas para que, dentro de su ámbito competencial, puedan llevar a cabo en cualquier momento procesos de redistribución o recolocación de sus efectivos.
El Decreto 54/1999, de 8 de abril (B.O.C. de 28), establece diversas formas de provisión de las plazas de profesorado de los centros donde han de impartirse las referidas enseñanzas, como los concursos de traslado de ámbito autonómico o la redistribución de efectivos.
Los criterios de ordenación del personal docente con destino definitivo en los centros públicos no universitarios de Canarias vienen determinados por la Orden de 14 de mayo de 2002, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. de 24), posteriormente modificada por la Orden de 11 de abril de 2003 (B.O.C. de 25).
Durante los últimos cursos, las necesidades de escolarización derivadas de la implantación de las nuevas enseñanzas y las propias demandas de la población en determinadas zonas de Canarias han motivado la apertura de nuevos centros educativos, ocasionando a veces la integración de otros centros de su mismo municipio y, en otros casos el traslado de algunas enseñanzas.
Así pues, teniendo en cuenta los Decretos de creación de los centros afectados, las Órdenes de traslados de enseñanzas y, en su caso, los informes emitidos al respecto, se hace preciso, con el fin de redistribuir correctamente los efectivos docentes existentes, dictar una norma que establezca un procedimiento específico para la puesta en práctica de dicha redistribución y permita al profesorado afectado obtener destino definitivo en estos centros.
En virtud de lo expuesto, al amparo de la normativa citada y en uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente,
D I S P O N G O:
Primero.- El profesorado con destino definitivo en los centros que se relacionan en este apartado obtendrá automáticamente uno nuevo en el centro que para cada uno de ellos se indica a continuación:
1.1. C.E.I.P. Adamancasis (38003756):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O., en el nuevo I.E.S. El Paso (38011947) del municipio de El Paso (PA), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.2. S.I.E.S. Playa Honda (35010543):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el nuevo I.E.S. Playa Honda (35010543) del municipio de San Bartolomé (LZ), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.3. C.E.O. Miguel de Cervantes (38007026):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Infantil y Primaria, en el C.E.I.P. Miguel de Cervantes (38007026) del municipio de El Tanque (TF), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el nuevo I.E.S. El Tanque (38015281) del municipio de El Tanque (TF), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.4. E.I. Guía (35008241):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, en el C.E.I.P. Nicolás Aguiar Jiménez (35004154) del municipio de Santa María de Guía (GC), con efectos de 22 de septiembre de 2004.
1.5. I.E.S. Omayra Sánchez (35008691):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el nuevo C.E.O. Omayra Sánchez (35008691) del municipio de Las Palmas de Gran Canaria (GC), con efectos de 1 de julio de 2004.
1.6. C.E.I.P. Murcia (35009279):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, en el nuevo C.E.O. Omayra Sánchez (35008691) del municipio de Las Palmas de Gran Canaria (GC), con efectos de 1 de julio de 2004.
1.7. I.E.S. Arucas (35000379) e I.E.S. Domingo Rivero (35000380):
- Personal docente de ambos centros, en el nuevo I.E.S. Arucas-Domingo Rivero (35013842) del municipio de Arucas (GC), con efectos de 1 de julio de 2004.
1.8. S.I.E.S. Gran Tarajal (35010610):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el nuevo I.E.S. Gran Tarajal II (35010610) del municipio de Tuineje (FU), con efectos de 1 de julio de 2004.
1.9. C.E.O. Villa de Firgas (35000549):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Infantil y Primaria, en el C.E.I.P. Villa de Firgas (35000549) del municipio de Firgas (GC), con efectos de 19 de septiembre de 2002.
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el nuevo I.E.S. Villa de Firgas (35013635) del municipio de Firgas (GC), con efectos de 19 de septiembre de 2002.
1.10. I.E.S. Hermanos García Cabrera (38009199):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O. y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el I.E.S. Ofra (38009102) del municipio de Santa Cruz de Tenerife (TF), con efectos de 1 de julio de 2004.
1.11. I.E.S. Luis Cobiella Cuevas (38005078):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, pertenecientes a la Familia Profesional de Peluquería, en el I.E.S. Las Breñas (38012010) del municipio de Breña Baja (PA), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.12. I.E.S. Villa de Mazo (38008419):
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, pertenecientes a la Familia Profesional de Comercio y Márketing, en el I.E.S. Luis Cobiella Cuevas (38005078) del municipio de Santa Cruz de La Palma (PA), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.13. I.F.P. San Antonio (35003058):
- D. Juan Antonio Poza Pascual, con D.N.I. 71258345K, funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional y titular de la especialidad Instalaciones Electrotécnicas, en el I.E.S. Felo Monzón Grau-Bassas (35003563) del municipio de Las Palmas de Gran Canaria (GC), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
- D. Luis Manuel Sánchez Delgado, con D.N.I. 43245231X, funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional y titular de la especialidad Instalaciones Electrotécnicas, en el I.E.S. Felo Monzón Grau-Bassas (35003563) del municipio de Las Palmas de Gran Canaria (GC), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
- D. Ladislao Abreu Ortiz, con D.N.I. 78467824N, funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional y titular de la especialidad Soldadura, en el I.E.S. Nueva Isleta-Tony Gallardo (35009899) del municipio de Las Palmas de Gran Canaria (GC), con efectos de 1 de septiembre de 2004.
1.14. C.E.I.P. César Manrique Cabrera (35004208):
- Dña. Concepción Simón Franco, con D.N.I. 29000453Y, funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, en el C.E.I.P. Costa Teguise (35013878) del municipio de Teguise (LZ), con efectos de 1 de julio de 2004.
- Dña. Rosa Felipe Felipe, con D.N.I. 7404724N, funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, en el C.E.I.P. Costa Teguise (35013878) del municipio de Teguise (LZ), con efectos de 1 de julio de 2004.
Segundo.- El profesorado con destino definitivo en el I.E.S. Granadilla de Abona (38011315) del municipio de Granadilla, que se relaciona en este apartado, podrá obtener nuevo destino definitivo, mediante el procedimiento establecido en la presente Orden, en el I.E.S. San Miguel (38015217) del municipio de San Miguel (TF).
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros destinados en Primer Ciclo de la E.S.O.
- Funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (salvo los titulares de especialidades de Formación Profesional), así como el personal laboral docente fijo (salvo los titulares de especialidades de Formación Profesional).
Tercero.- En el procedimiento de obtención de destinos previsto en el apartado segundo de la presente Orden podrá participar el profesorado que reúna los siguientes requisitos:
a) Tener destino definitivo en el centro mencionado en dicho apartado, y
b) Estar habilitado o ser titular de alguna de las especialidades para las que se oferten vacantes en el correspondiente centro de nueva creación.
Cuarto.- 4.1. Las vacantes ofertadas, así como el número de plazas aminoradas para cada especialidad en la plantilla del centro de origen, se publicarán en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en los propios centros afectados el miércoles, día 2 de marzo de 2005.
4.2. Las citadas plazas vacantes se cubrirán, dentro de cada especialidad, conforme al orden de derecho que se genere por la aplicación de los criterios establecidos en los subapartados 2.2, para Infantil y Primaria, y 2.3, para Secundaria y Bachillerato, de la mencionada Orden de 14 de mayo de 2002, posteriormente modificada por la Orden de 11 de abril de 2003 (B.O.C. de 25).
Quinto.- Quienes deseen participar en el procedimiento de obtención de destino a que se refiere el apartado segundo de la presente Orden deberán asistir, personalmente o mediante representante legal, al acto que se celebrará en el I.E.S. San Miguel, el día 9 de marzo de 2005, a las 12,00 horas, aportando fotocopia de su Documento Nacional de Identidad y, en caso de ejercer la representación de algún profesor, el correspondiente poder notarial.
Sexto.- 6.1. Con el fin de subsanar posibles errores en la ordenación del profesorado con destino definitivo en el I.E.S. Granadilla de Abona, cuyas listas deberán exponerse en los centros implicados desde la publicación de la presente Orden, se podrán presentar alegaciones a las mismas durante las 48 horas siguientes en la Secretaría de dicho centro, que deberá remitirlas por vía de urgencia a la Dirección General de Personal.
6.2. Tras estudiar las alegaciones presentadas, la Dirección General de Personal comunicará, en su caso, a cada centro las modificaciones introducidas en dichas listas con anterioridad a la celebración del acto convocado.
Séptimo.- La cobertura de las plazas vacantes ofertadas en el I.E.S. San Miguel se llevará a cabo como se indica a continuación:
7.1. Las plazas vacantes correspondientes a cada especialidad serán ofertadas por orden de derecho en cada Departamento, hasta la cobertura total de la plantilla prevista para este procedimiento.
7.2. El número de profesores de cada especialidad que obtenga destino en el nuevo centro en ningún caso podrá superar al número de plazas por especialidad aminoradas en la plantilla del I.E.S. Granadilla de Abona.
Octavo.- Los destinos definitivos obtenidos por el profesorado en virtud de los diferentes procedimientos regulados por la presente Orden no supondrán modificación alguna de su situación funcionarial ni detrimento de sus derechos.
Noveno.- Los nuevos destinos definitivos serán confirmados por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Décimo.- Se garantiza la presencia de los sindicatos representativos del sector en el presente procedimiento.
Undécimo.- Corresponde a la Dirección General de Personal desarrollar lo dispuesto en la presente Orden y resolver cuantas dudas se susciten en su interpretación.
Contra la presente Orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 2005.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
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