BOC - 2004/094. Lunes 17 de Mayo de 2004 - 1529

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1529 - DirecciónGeneral de Estructuras Agrarias.- Anuncio de 6 de mayo de 2004, por el que se hace pública la Resolución de 6 de mayo de 2004, que requiere la subsanación de las solicitudes de las subvenciones previstas en la Orden de 12 de febrero de 2004, por la que se convocan, para el año 2004, las subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias destinadas a los subsectores de flores y plantas ornamentales, de productos subtropicales y hortícolas.

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En cumplimiento de lo establecido en el último párrafo del apartado 3 de la base 6 de la Orden de 12 de febrero de 2004, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se convocan, para el año 2004, las subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias destinadas a los subsectores de flores y plantas ornamentales, de productos subtropicales y hortícolas (B.O.C. nº 33, de 18.2.04), se procede a publicar la Resolución de concesión de las mencionadas subvenciones que se transcriben a continuación:

Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Estructuras Agrarias, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de las subvenciones previstas en la Orden de 12 de febrero de 2004, por la que se convocan, para el año 2004, las subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias destinadas a los subsectores de flores y plantas ornamentales, de productos subtropicales y hortícolas.

Por Orden de 12 de febrero de 2004, por la que se convocan, para el año 2004, las subvenciones para la modernización de las explotaciones agrarias destinadas a los subsectores de flores y plantas ornamentales, de productos subtropicales y hortícolas.

El apartado 2 de la base sexta de la mencionada Orden establece que la Dirección General de Estructuras Agrarias llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, examinará si reúne los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario al interesado para que, en el plazo de diez (10) días subsane, y complete los documentos y datos que deben presentarse, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho requerimiento será notificado a los peticionarios mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo I (Santa Cruz de Tenerife) y anexo I (Las Palmas), que se acompaña para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y completen los documentos y datos que se detallan en los citados anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dictará en los términos del artículo 42 de la citada Ley.

Segundo.- Se proceda a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de mayo de 2004.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

Ver anexos - páginas 6561-6583



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