BOC - 2003/116. Jueves 19 de Junio de 2003 - 1094

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

1094 - Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.- Resolución de 23 de mayo de 2003, de la Directora, por la que se convoca un curso de Diplomado en Gestión de Unidades de Enfermería a celebrar en Tenerife y Gran Canaria.

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Dentro de sus actividades formativas, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias organiza cursos regulares, homologables por el Ministerio de Sanidad y Consumo, al objeto de ofertar a los profesionales titulados universitarios, que pertenezcan al Sistema Sanitario o que pretendan acceder al mismo, un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Nacional de Salud. Durante el año 2003, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias tiene prevista la realización, entre otros, del curso de Diplomado en Gestión de Unidades de Enfermería.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.3.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, aprobado por el Decreto 5/1994, de 14 de enero, resuelvo convocar el mencionado curso con las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.- Normas generales.

1. El curso, que tendrá una duración de ciento cincuenta horas lectivas, se celebrará en Tenerife y Gran Canaria, que en función del número de alumnos se impartirá por videoconferencia o presencial.

2. Las plazas que se convocan son 35 en cada isla, que se cubrirán por concurso de méritos si el número de solicitudes excede de la mencionada cifra.

3. Los méritos valorables en el concurso serán los que se establecen en el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

4. No serán valorados los méritos que no sean debidamente acreditados.

5. La presentación de documentación acreditativa de los méritos alegados distinta a la requerida o la no presentación de la misma, no será valorada, pero no será causa de exclusión del aspirante para participar en el proceso de selección.

6. La documentación acreditativa de los méritos valorables será presentada junto con la solicitud, no pudiendo ser incorporada con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. En razón al derecho de formación del personal de la Consejería de Sanidad y Consumo y de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, se reserva la posibilidad de incluir, sin ocupar plaza, a sus profesionales en un porcentaje de 20% sobre el total de plazas ofertadas.

8. La ESSSCAN se reserva el derecho a suspender el curso ofertado si no se alcanza un mínimo de alumnos.

Segunda.- Requisitos.

1. Será requisito común para todos los aspirantes estar en posesión de la titulación de Diplomado Universitario en Enfermería.

2. Los aspirantes a las plazas habrán de poseer la nacionalidad española o de países miembros de la Comunidad Europea, que se acreditará con la presentación de una copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o excepcionalmente con una copia compulsada del pasaporte o del permiso de conducción.

3. El requisito establecido en la base segunda 1 se acreditará mediante la presentación del título original o fotocopia debidamente compulsada.

4. Los requisitos establecidos en la base segunda 1 y 2 deberán cumplirse en el momento de la presentación de solicitudes.

Tercera.- Solicitudes.

1. La solicitud para tomar parte en el curso se ajustará exactamente al modelo oficial que figura como anexo II de la presente convocatoria.

2. Junto con la solicitud, los aspirantes presentarán la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos especificados en la base segunda, así como la documentación acreditativa de los méritos aportados.

3. Quienes se encuentren en situación de desempleo presentarán, además, certificación de inscripción en el Instituto Nacional de Empleo o en la Bolsa de Empleo del Colegio profesional correspondiente.

4. Las solicitudes, dirigidas a la Ilma. Sra. Directora General de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, se presentarán en el Registro de la Escuela (calle Leoncio Rodríguez, 7, 4ª planta, Edificio El Cabo, Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Cano, 25, Las Palmas de Gran Canaria) o en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Cuarta.- Comisión de Seguimiento, Selección y Evaluación.

1. El proceso de selección será llevado a cabo por la Comisión de Seguimiento, Selección y Evaluación que, a estos efectos, se constituirá como tribunal en la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

2. El Presidente de la Comisión de Selección y Evaluación será la Directora de la ESSSCAN.

3. La Comisión de Selección y Evaluación, además de la Presidenta, contará con cuatro vocales designados por la Directora de la Escuela, entre diplomados universitarios en enfermería de la Consejería de Sanidad y Consumo o de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud.

Como Secretario podrá actuar un miembro de la Escuela o el vocal de menor edad de la Comisión de Selección y Evaluación.

Cada miembro de la Comisión de Selección y Evaluación tendrá su correspondiente suplente, designados todos ellos de igual forma que los titulares.

4. La composición nominal de la Comisión de Selección y Evaluación se determinará mediante Resolución de la Directora de la Escuela que será publicada en el tablón de anuncios de las sedes de la ESSSCAN.

5. Los miembros de la Comisión de Selección y Evaluación deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Selección y Evaluación cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6. La Comisión de Seguimiento, Selección y Evaluación se constituirá previa convocatoria de la Presidenta y con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

7. Los miembros de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección, a efectos de indemnización por razón de servicio, se regirán por lo dispuesto en el Consejo de Administración de la Entidad de fecha 1 de diciembre de 2001, revisado en mayo de 2002.

Quinta.- Proceso de selección.

1. La Comisión de Seguimiento, Selección y Evaluación a que hace referencia la base cuarta, procederá a valorar los méritos que, debidamente acreditados, hayan aportado los solicitantes, aplicando para ello el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

2. En caso de posible empate, tendrá prioridad el aspirante que cuente con mayor puntuación en el apartado 4 del baremo establecido que figura como anexo I, en caso de nuevo empate el aspirante de mayor edad.

3. Finalizado el proceso de valoración, la Comisión de Seguimiento, Selección y Evaluación elaborará las listas provisionales, en orden decreciente y correlativo de la puntuación obtenida por los aspirantes, conformando la lista definitiva la parte de cada una de ellas proporcional al número de inscripciones presentadas por titulación.

4. La lista provisional se publicará en el tablón de anuncios de las sedes de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

5. Contra la lista provisional, los interesados podrán formular reclamación ante la Directora General de la Escuela, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en los tablones de anuncios reseñados en el apartado anterior. Estas reclamaciones serán resueltas mediante Resolución de la Directora de la ESSSCAN.

6. Finalizado el plazo de reclamaciones y teniendo en cuenta las Resoluciones recaídas en las mismas, se elaborará la lista definitiva de admitidos al curso, a la que se dará la misma publicidad que a la lista provisional.

7. Al publicarse la lista definitiva de admitidos, se especificarán los plazos para formalizar la matrícula y el lugar en que deberá hacerse efectivo el importe de la misma, cuya cuantía se establece en ochocientos once euros con treinta y siete céntimos (811,37 euros). Asimismo se especificará la fecha del comienzo del curso y el lugar de desarrollo del mismo.

Con objeto de garantizar el derecho que les pudiese corresponder a los solicitantes que han quedado en reserva, los alumnos seleccionados que hayan formalizado la matrícula del curso, podrán solicitar la devolución del importe ingresado, siempre que la petición de devolución se produzca dentro de los cinco días naturales al inicio del curso. Superado el plazo mencionado se perderá el derecho a restitución económica.

Sexta.- Desarrollo del curso.

1. El curso constará de ciento cincuenta (150) horas lectivas.

2. Los alumnos matriculados estarán obligados a asistir a las clases. La ausencia superior a un diez por ciento de las horas lectivas dará lugar a la pérdida de todos los derechos del alumno, incluido el importe de la matrícula.

Séptima.- Evaluación de los alumnos.

Para la obtención del título de Diplomado en Gestión de Unidades de Enfermería se valorarán los siguientes aspectos:

1.1. La asistencia: será obligatoria y no se concederá Diploma acreditativo a aquellos alumnos que no hayan cumplido un mínimo del 90% de presencia en el curso.

1.2. Prueba objetiva individualizada de los contenidos del curso (de 0 a 10 puntos).

Constará de:

- 50 preguntas de respuesta múltiple extraídas en un 90% del banco de preguntas de la ESSSCAN. Asimismo, la Comisión de Evaluación del curso podrá determinar 2 preguntas de contenido práctico e integrador de conocimientos, mediante las cuales el alumno demuestre las capacidades adquiridas durante el curso para resolver un problema.

Para la calificación final del alumno se asignarán a cada prueba los siguientes pesos ponderados:

a) Prueba objetiva: un 65% del total.

b) Trabajo práctico: se le asignará un 35% del total.

c) Defensa oral del trabajo práctico con un 5% del total.

1.3. Valoración del trabajo práctico.

Puede constar de una tesina, una revisión bibliográfica o un diseño de proyecto de investigación. La ESSSCAN se reserva el derecho de utilización y publicación de los trabajos presentados para la evaluación de este curso.

El trabajo podrá ser individual o en grupo, con un máximo de dos personas, y el plazo de presentación no deberá superar la fecha de realización de la prueba objetiva.

Los trabajos prácticos serán evaluados de forma preliminar por los miembros del tribunal, previamente a la presentación oral de los mismos, utilizando el modelo de baremación de trabajos de la ESSSCAN, elaborado a tales efectos.

Posteriormente, el alumno deberá defender su trabajo públicamente, mediante la presentación oral ante la Comisión de Selección y Evaluación, que se constituye en tribunal de evaluación. Para la defensa de su trabajo el alumno dispondrá de 10 minutos y podrá utilizar los medios audiovisuales que precise, completando de esta forma el trabajo de campo.

Cuando el trabajo se haya hecho en grupo, el alumno responsable de la defensa del trabajo será elegido al azar por el tribunal en el momento de realizar la presentación del mismo. El tribunal podrá hacer preguntas a cualquiera de los alumnos que hayan elaborado el trabajo.

Es imprescindible superar la evaluación del trabajo práctico.

Los tres mejores trabajos prácticos serán seleccionados por la Comisión de Selección y Evaluación para participar en la convocatoria de premios que al efecto realizará la ESSSCAN.

Para la calificación final del alumno se asignarán a cada prueba los siguientes pesos ponderados:

a) Prueba objetiva: un 65% del total.

b) Trabajo práctico: se le asignará un 35% del total.

La nota final será la media ponderada de las pruebas, aunque para obtener la calificación de aprobado, el alumno deberá superar al menos un 40% de la puntuación máxima de cada ejercicio.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 2003.- La Directora, Sulbey González González.

A N E X O I

BAREMO DE MÉRITOS ACADÉMICOS

Y PROFESIONALES

1.- Méritos académicos y profesionales.

- Por cada notable: 0,1 punto.

- Por cada sobresaliente: 0,2 puntos.

- Por cada sobresaliente con Matrícula de Honor: 0,3 puntos.

No se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Religión, Mora Profesional, Deontología, Ética, Educación Física, Formación Política, Idioma y Enseñanza de Hogar. Los créditos de postgrado se valorarán como asignaturas del expediente académico con su calificación correspondiente. Estos méritos se acreditarán mediante certificación académica original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada.

2.- Oposiciones y titulaciones.

- Profesionales sanitarios licenciados y diplomados universitarios: 3,0 puntos.

- Otras oposiciones sanitarias a Cuerpos Superiores (Licenciados y Diplomados): 2,0 puntos.

Estos méritos se acreditarán mediante la presentación del nombramiento o titulación correspondiente, original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada.

3.- Actividad profesional.

A) Servicios prestados a la Administración Sanitaria o de docencia sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de propietario o interino. Hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,1 punto.

B) Servicios prestados a la Administración Sanitaria o de docencia sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de contratado eventual, hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,05 puntos.

Estos méritos se acreditarán mediante la presentación de la correspondiente certificación de servicios prestados, original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada emitida por el Organismo competente.

4.- Cursos de Gestión Sanitaria.

Por cursos específicos en materia de gestión sanitaria se valorará hasta un máximo de 4 puntos, por cada 10 horas lectivas (crédito): 0,2 puntos.

Se valorarán exclusivamente los diplomas o certificaciones que se presenten, originales o fotocopias debidamente compulsadas o legalizadas, obtenidos en cursos impartidos por Organismos Oficiales con docencia reconocida. Si la duración del curso no estuviera acreditada en el diploma o certificación expedida, se deberá aportar el programa del mismo para su valoración por el Tribunal. En caso contrario se valorará con la puntuación mínima.

5.- Publicaciones y comunicaciones.

A) Publicaciones originales. Hasta un máximo de 3 puntos, por cada una: 0,1 punto.

B) Revisiones. Hasta un máximo de 3 puntos, por cada una: 0,05 puntos.

C) Comunicaciones a congresos, simposium, jornadas u otras comunicaciones. Hasta un máximo de 3 puntos, por cada una: 0,025 puntos.

La valoración se realizará a la presentación de la copia del texto de las publicaciones efectuadas.

6.- Titulados universitarios en paro.

Aquellos que se mencionan en la exposición de motivos de la presente convocatoria.

- Presentada la documentación acreditativa de esa situación: 0,5 puntos.

A N E X O I I

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO

ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS

D./Dña. ...................................................................................................................., N.I.F. ............................................, fecha de nacimiento .........................................., teléfono ............................., natural de ........................................................., provincia de ......................................................................, con domicilio en .................................................................., provincia de ............................................................................., calle ...................................................................., nº ..........., c.p. ......................... .

EXPONE

Que desea participar en el curso de Diplomado en Gestión de Unidades de Enfermería, por lo que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en las bases de la convocatoria del mismo, por lo que,

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud y documentación adjunta, a fin de tomar parte en el citado curso.

En ..............................................................................., a ............ de ........................................................ de ............... .

Firma.

ILMA. SRA. DIRECTORA DE LA ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS.

· En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre, el arriba firmante autoriza a la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias a incluir sus datos personales en un fichero informático de la entidad, para remitirle información de los cursos. Cuando usted desee podrá acceder a sus datos, bien solicitar su rectificación o cancelación, enviando una carta a esta entidad.

ESTRUCTURA DOCENTE Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL CURSO.

El curso de Diplomado en Gestión de Unidades de Enfermería consta de los contenidos que a continuación se detallan:

Programa:

1.- TEORÍA GENERAL DE DIRECCIÓN DE EMPRESAS.

Historia y desarrollo evolutivo.- Las Escuelas Clásicas de Dirección.- El Proceso de Dirección.- Las Tareas Directivas.- La Naturaleza del Trabajo Directivo.- Los Estilos de Dirección.

2.- EL MANAGEMENT SANITARIO.

El "QUÉ", el "QUIÉN" y el "CÓMO" de la Función Directiva.

3.- PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN SANITARIA.

Planificación, Programación, Plan Funcional, Plan Director y Plan Estratégico.- Organización, Estructura, Normas y Definición de Puestos.

4.- CLIMA LABORAL Y SALUD ORGANIZACIONAL.

Teoría de las Motivaciones.- Salud Organizacional.- Clima Laboral.- Incentivación Laboral.- Carrera Profesional.

5.- CALIDAD ASISTENCIAL.

Conceptos generales.- Modelos y Sistemas de Calidad Asistencial.- ISO 9000.- Vías Clínicas.

6.- GESTIÓN ECONÓMICA.

El Presupuesto.- Presupuesto de Gastos e Ingresos de los GFH.- Gastos Directos, Estructurales y Repercutidos de los GFH.- Costes Unitarios de los productos y servicios.

7.- LAS UNIDADES FUNCIONALES DE ENFERMERÍA.

Atención Primaria, Área de Atención Especializada y Servicio Médico Hospitalario.- Funciones y Actividades del Hospital.

8.- PROGRAMA FUNCIONAL DE LAS UNIDADES DE ENFERMERÍA.

El Contrato Programa de Atención Especializada.- Las Funciones de la Enfermería: Programas Funcionales.- Cartera de Servicios.- Medida de la Actividad Asistencial en Enfermería: el producto enfermero.

9.- CONTROL DE GESTIÓN DE LAS UNIDADES DE ENFERMERÍA.

Teoría General de Control de Gestión.- El Control de la Gestión de los SM.- El Cuadro de Mando de la Gestión del SM.

OBJETIVOS:

1.- Conocer los Principios de Management.

2.- Conocer las Escuelas Clásicas de Dirección.

3.- Diagnosticar la posición directiva del alumno.

4.- Comprender el Proceso de Dirección.

5.- Conocer las Tareas del Directivo.

6.- Comprender la Naturaleza del trabajo directivo.

7.- Conocer los estilos de dirección.

8.- Responder a la pregunta QUÉ es dirigir.

9.- Cómo medir la Actividad Asistencial del Hospital.

10.- Qué es el Índice Case-Mix y la UCA.

11.- Qué es la UPA y cómo convertir UPAs en UCAs.

12.- Qué es el IEMA: cálculo y uso.

13.- Cómo calcular la Capacidad de Oferta.

14.- Cómo calcular la Plantilla de Enfermería.

15.- Cómo calcular el Rendimiento.

16.- Cómo medir la Productividad.

17.- Cómo medir la Calidad.

CONTENIDOS:

Además de los contenidos conceptuales y teóricos el curso tiene los aspectos prácticos siguientes:

1.- Diagnóstico personal de la "Escuela preferida".

2.- ÀCuáles son mis "poderes"?.

3.- ÀEn qué consiste mi trabajo de "jefe/a"?.

4.- Pero ÀQué es Dirigir?.

5.- ÀCómo conseguir que hagan lo que hay que hacer?.

6.- ÀCuál es el perfil profesional del Jefe?.

7.- ÀNecesito más recursos materiales y de plantilla?.

8.- Calcular el complemento de productividad variable.

9.- ÀCuál es la complejidad de nuestra casuística?.

10.- Cómo diseñar el Cuadro de Mando que necesito.



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