Examinado el expediente tramitado por el Servicio de Política Exterior de la Viceconsejería de Acción Exterior y Relaciones Institucionales, relativo a la concesión de transferencias para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo.
Vista la propuesta formulada por la Comisión Gestora de Cooperación al Desarrollo.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º) Por Decreto 144/2000, de 18 de mayo, del Presidente del Gobierno (B.O.C. nº 71, de 9.6.00), se convocaron transferencias para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo elaborados por Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo.
2º) Las solicitudes presentadas han sido debidamente examinadas, siendo seleccionadas aquellas que reúnen los requisitos exigidos, así como la documentación requerida por el mencionado Decreto de convocatoria, habiendo sido estudiadas y valoradas por personal técnico adscrito a los distintos Departamentos del Gobierno de Canarias.
3º) Fue oída la Comisión Gestora de Cooperación al Desarrollo reunida el día 19 de octubre de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 93/1995, de 7 de abril, por el que se crea la Comisión Gestora de Cooperación al Desarrollo.
4º) El Decreto 144/2000, de 18 de mayo, en el resuelvo segundo delega la facultad de resolver la citada convocatoria en el Viceconsejero de Acción Exterior y Relaciones Institucionales.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Que la competencia para acordar las transferencias corresponde al Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 157/1993, de 14 de mayo, por el que se establece el régimen de gestión de las transferencias.
Segunda.- Las solicitudes seleccionadas cumplen con los requisitos y documentación previstos en los artículos 3 y 4 del Decreto 289/1995, de 22 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones de cooperación al desarrollo, y con lo establecido en las bases 3ª y 4ª del Decreto de convocatoria y con los recogidos en el artículo 4 del Decreto 157/1993, de 14 de mayo.
Tercera.- En la tramitación de las solicitudes se ha seguido el procedimiento previsto en el Decreto 289/1995 y en el Decreto de convocatoria, habiéndose tenido en cuenta preferentemente los criterios de concesión y selección establecidos en la base sexta de la convocatoria, así como los recogidos en el artículo 6.4 del Decreto 289/1995.
En base a lo expuesto y vistas las disposiciones legales de general aplicación, así como lo dispuesto en el Decreto 157/1993, de 14 de mayo, por el que se establece el régimen de gestión de las transferencias,
R E S U E L V O:
1º) Conceder transferencias por importe de ciento cuarenta y nueve millones novecientas diez mil (149.910.000) pesetas, a los proyectos de cooperación al desarrollo presentados por las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, según las cuantías y porcentajes que se expresan en el mismo y desestimar los proyectos presentados por las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que se relacionan en el anexo II, por los motivos que se especifican en el mismo.
2º) La aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto es la 06.13.112P.790.10 P.I.L.A. 96708904 "Proyectos de cooperación al desarrollo (0,7%)", de la Ley Territorial 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2000.
3º) Los proyectos tendrán como fecha de finalización el 30 de diciembre de 2001.
4º) Durante la realización del proyecto objeto de la transferencia y su difusión, las organizaciones no gubernamentales de desarrollo deberán hacer constar de manera expresa el apoyo económico del Gobierno de Canarias al proyecto.
5º) El abono de las transferencias se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la base octava del Decreto de convocatoria, mediante el abono con carácter anticipado del cien por cien de la misma, en el momento que se conceda la transferencia.
6º) Los medios de justificación se realizarán a través de certificaciones, facturas o comprobantes, los adecuados en cada caso, según la actividad a realizar y la naturaleza de los fondos y siempre siguiendo las directrices de la Viceconsejería de Acción Exterior y Relaciones Institucionales.
7º) Finalizado el proyecto y en un plazo máximo de tres meses, las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que perciban transferencias deberán presentar una memoria justificativa que deberá incluir un informe económico, así como un informe final completo y detallado del programa ejecutado, en particular del balance final y los resultados prácticos logrados y una valoración global del impacto del proyecto. La memoria final será suscrita conjuntamente con el socio local del país beneficiario de la transferencia que ha intervenido en su ejecución.
8º) Los beneficiarios de las transferencias están sujetos a las obligaciones previstas en la base décima del Decreto 144/2000, de convocatoria y en especial deberán llevar los registros contables a que vengan obligados legal o reglamentariamente de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las transferencias concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad, incluyendo las ayudas o subvenciones concedidas con el mismo objeto, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos para este fin. Asimismo, deberán presentar los informes técnicos y financieros de la situación en que se encuentra la ejecución del proyecto sobre el cumplimiento parcial de sus objetivos, que les sean requeridos por la Viceconsejería de Acción Exterior y Relaciones Institucionales.
9º) Se requerirá autorización previa del órgano concedente para realizar cualquier modificación sustancial del proyecto objeto de la transferencia. Las solicitudes de modificaciones sustanciales deberán estar motivadas y ser formuladas desde el momento de la aparición de las circunstancias que las justifiquen y especificar las repercusiones presupuestarias que impliquen. En ningún caso las modificaciones de los proyectos implicarán el aumento de la transferencia concedida.
10º) Los beneficiarios de las transferencias que se determinan en la presente Resolución, estarán sometidos al control financiero de la Intervención General, de conformidad con lo previsto en la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General.
11º) El incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en la presente Resolución dará lugar al reintegro de la transferencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre.
12º) Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo potestativamente interponer recurso de reposición en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2000.- El Viceconsejero de Acción Exterior y Relaciones Institucionales, Francisco Aznar Vallejo.
A N E X O I
PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO CONCEDIDOS
ONGD PROYECTO % IMPORTE
(pesetas)
1.- COOPERACIÓN CANARIAS Programa integral de autopromoción 79,87 12.571.156
de grupos femeninos en Senegal
2.- FUNDACIÓN PARA EL Desarrollo sostenible y medio ambiente 71,82 21.865.900
DESARROLLO SOCIAL DE en Guanahacabibes, Pinar del Río, Cuba
CANARIAS (FUNDESCAN)
3.- FUNDACIÓN PARA EL Desarrollo agrícola de Lajedos, 68,45 6.140.000
DESARROLLO SOCIAL DE Cabo Verde
CANARIAS (FUNDESCAN)
4.- CÁRITAS DIOCESANA Construcción de un Centro de preescolar 75,16 20.568.552
DE TENERIFE en Tiemelekro, Costa de Marfil
5.- CRUZ ROJA ESPAÑOLA Construcción de viviendas en las 61,32 13.127.669 ASAMBLEA PROVINCIAL DE Comunidades de Lacamá I, Lacamá II
SANTA CRUZ DE TENERIFE y Xabilaguach, Guatemala
6.- CRUZ ROJA ESPAÑOLA Proyecto de apoyo a la población vulnerable 59,47 12.749.784 ASAMBLEA PROVINCIAL DE para la reconstrucción de las actividades
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA agrícolas y ganaderas Gisenyi, Ruanda
ONGD PROYECTO % IMPORTE
(pesetas)
7.- FUNDACIÓN PAZ Y Electrificación mediante energía solar, de 66,40 5.318.000
SOLIDARIDAD CANARIA 5 consultorios médicos en Granma, Cuba
8.- ADECOP CANARIAS Programa de capacitación y creación de 63,28 8.453.300
empresas para el amparo de niños Juan
XXIII, Colombia
9.- PROMOCIÓN CLARETIANA Traída de aguas a campo Luján Salta, 50,02 729.799 DE COOPERACIÓN AL Argentina
DESARROLLO
10.- CÁRITAS DIOCESANA Granja escuela agropecuaria Monseñor 25,34 24.151.250
DE CANARIAS Jorge Manrique en Alto Beni, Bolivia
11.- ASOCIACIÓN SOCIO- Ecoturismo solidario para el desarrollo 11,03 4.800.000
CULTURAL ATAMÁN social sostenible
12.- MÉDICOS DEL MUNDO Salud reproductiva del plan de apoyo al 43,66 19.434.590 sistema local de salud de la ciudad de
Nouadhibou, Mauritania
A N E X O I I
PROYECTOS DE COOPERACIÓN NO CONCEDIDOS PUESTO QUE AL APLICARSE LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN LA PUNTUACIÓN OBTENIDA FUE INFERIOR A LOS QUE HAN SIDO FINANCIADOS
ONGD PROYECTO
1.-ASOCIACIÓN JUVENIL INTERCAMBIO Huallaga 2000, Perú
ESTUDIANTES DE MEDICINA DE LA
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS
2.- ASOCIACIÓN ESPAÑA CON ACNUR Servicios e inversiones educativas para reintegración de refugiados sudaneses, Uganda
3.- ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA Optimización de capacidades de producción de enzimas COOPERACIÓN SOLIDARIDAD INTERNACIONAL para biología molecular y asimilación de nuevas enzimas II fase, Cuba
4.- ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA COOPERACIÓN Apoyo a la seguridad alimentaria en la región Huista, SOLIDARIDAD INTERNACIONAL Guatemala
5.- VETERINARIOS SIN FRONTERAS Fomento pecuario mediante el apoyo a empresas rurales asociativas en la provincia Espaillat, República Dominicana
6.- CRUZ ROJA ESPAÑOLA ASAMBLEA PROV. Construcción de un centro de formación para la mujer en Benin
7.- AMIGOS DE LA TIERRA CANARIAS Proyecto de educación ambiental aula isleña de la natu- raleza, Cuba
8.- PROMENOR CANARIAS Proyecto de educación y desarrollo comunitario, Brasil
9.- FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Apoyo a la especialidad de la enfermería de la ciudad de DE LA ENFERMERÍA La Habana, Cuba
10.- ASOCIACIÓN POR LA PAZ Y EL DESARROLLO Mejora de la actividad productiva agrícola en la región de Zemio, República Centroafricana
11.- ADSIS Intervención comunitaria en poblaciones urbanomarginales de Valdivia, Chile
12.- ASOCIACIÓN SOLIDARIDAD CON SENEGAL Proyecto de alfabetización en Louga, Senegal
ONGD PROYECTO
13.- ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL ATAMÁN Proyecto social a madres solteras de los barrios marginales de la ciudad de Cuenca, Ecuador
14.- MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Formación profesional y alfabetización de mujeres
Y LA LIBERTAD EN CANARIAS repudiadas y/o víctimas de la violencia, Marruecos
15.- MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Bloques de acero, Guinea Ecuatorial
Y LA LIBERTAD EN CANARIAS
16.- MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Ayuda de emergencia a Kinshasa, Rep. Democrática del Y LA LIBERTAD EN CANARIAS Congo
17.- MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Dotación de leche en polvo a la población de los
Y LA LIBERTAD EN CANARIAS campamentos de refugiados saharauis en Tinduf, Argelia
18.- MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Mantenimiento y mejora del centro de acogida de
Y LA LIBERTAD EN CANARIAS niños/niñas refugiados liberianos, Costa de Marfil
19.- CRUZ ROJA ESPAÑOLA ASAMBLEA Proyecto habitacional Laredo, Nicaragua
PROV. LAS PALMAS
20.- CRUZ ROJA ESPAÑOLA ASAMBLEA Urbanización El Bosque, Guatemala
PROV. LAS PALMAS
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