Por Orden del titular del Departamento, de 16 de diciembre de 1999 (B.O.C. nº 168, de 24.12.99) se aprueban las bases y se efectúa convocatoria anticipada para la concesión durante el año 2000 de subvenciones institucionales en el área de protección del menor y la familia (ejecución, promoción y desarrollo del Plan Integral del Menor en Canarias).
En la base primera, apartado dos, de la citada Orden, se determina el importe de los créditos destinados a la referida convocatoria, estableciendo además que, por Orden de esta Consejería, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias en el primer cuatrimestre del año 2000, dicho importe podrá ser disminuido o, en su caso, aumentado en función de las disponibilidades presupuestarias.
A la vista del elevado número de solicitudes de subvenciones presentadas por los Ayuntamientos a dicha convocatoria y existiendo crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del presente año para atender dichas solicitudes, se considera oportuno ampliar el importe del crédito de la línea de actuación 23442302 y concretamente, el consignado en la clasificación económica 450.11. Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en virtud de lo previsto en la expresada Orden de 16 de diciembre de 1999, el Consejero de Empleo y Asuntos Sociales
D I S P O N E:
Primero.- Ampliar el importe de los créditos presupuestarios que se destinan a la concesión durante el año 2000 de subvenciones institucionales en el área de protección del menor y la familia (ejecución, promoción y desarrollo del Plan Integral del Menor en Canarias) convocada por Orden de esta Consejería de 16 de diciembre de 1999, en la línea de actuación 23442302 Fomento Acciones Derivadas Plan Integral de Menor de la aplicación presupuestaria 23.08.313H.450.11 en la cuantía de setenta y cinco millones (75.000.000) de pesetas ascendiendo por tanto, a cuatrocientos millones (400.000.000) de pesetas, el importe total que se le asigna.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a elección, el recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en dicho Boletín de la presente Orden y sin perjuicio de cualquier otro recurso que sea procedente.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de abril de 2000.
EL CONSEJERO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES, Marcial Morales Martín.
© Gobierno de Canarias