Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía y Hacienda, sobre la aceptación de la cesión gratuita por el Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria) de un terreno de seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados de superficie, situado en El Mirón del término municipal de Arucas, a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, para destinarlo a la construcción de los Juzgados. Visto el acuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria) en sesión celebrada el día 25 de enero de 1999, por el que se acuerda ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de Canarias el terreno mencionado, cumpliéndose para ello los requisitos exigidos por la legislación aplicable.
Considerando la conveniencia de aceptar la cesión referenciada en función del destino que ésta tiene, que consiste en la construcción de los Juzgados.
Visto que el terreno objeto de la cesión se encuentra libre de cargas figurando inscrito en el Inventario de Bienes de la citada Corporación, con la calificación de patrimonial, teniendo el Ayuntamiento plena disposición sobre el mismo. Visto el artículo 29.1 de la Ley territorial 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, y los artículos 77 y siguientes del Reglamento para el desarrollo de la misma aprobado por Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, y demás normas de aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 17 de diciembre de 1999,
D I S P O N G O:
Primero.- Aceptar la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias por el Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria), para la construcción de los Juzgados, del terreno que a continuación se describe:
Urbana.- Solar de una superficie de seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, situado en la Hacienda conocida con el nombre del Mirón, del término municipal de Arucas. Linda: al Norte con resto de la finca matriz, de la que se segrega y que se reserva el Ayuntamiento de Arucas; al Este con prolongación de la calle Alcalde Henríquez Pitti en unos 21,50 metros lineales; al Sur con futura vía de circunvalación paralela al Barranco de Arucas en un frente de 22 metros lineales; al Oeste con prolongación de la futura vía que une las calles Alcalde Francisco Ferrera y Avenida del Mirón en una longitud de 25 metros lineales.
Segundo.- La cesión que se acepta deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente, afectarse al Departamento interesado e incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tercero.- Por la Consejería de Economía y Hacienda se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de diciembre de 1999.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Román Rodríguez Rodríguez.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Adán Martín Menis.
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