Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación de la bandera del municipio de Puntagorda (La Palma).
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 11 de marzo de 1999.
Teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- El Ayuntamiento de Puntagorda, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 31 de julio de 1998, acordó dirigirse a la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias con objeto de que se elaborara una propuesta de escudo y bandera del municipio. Segundo.- La Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 11 de marzo de 1999, acordó informar favorablemente la propuesta de bandera del municipio de Puntagorda. Tercero.- El Ayuntamiento de Puntagorda, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 30 de abril de 1999, acordó aprobar la propuesta de bandera y someterla a información pública por plazo de un mes. Cuarto.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 64, de 26 de mayo de 1999, se insertó anuncio relativo al período de información pública, acreditándose mediante certificación emitida por el Secretario de la Corporación la no presentación de alegaciones. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago, con las modificaciones efectuadas por los Decretos 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales. Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,
R E S U E L V O:
Aprobar la bandera del municipio de Puntagorda (isla de La Palma) cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:
Paño rectangular, de seda, tafetán, raso, lanilla o fibra sintética, según los casos, cuya longitud es vez y media mayor que su anchura; compuesto de tres franjas horizontales de igual tamaño; la primera o superior de color verde, la central de color marrón y la inferior de color azul.
Si la bandera ostentara el Escudo Heráldico del Municipio, deberá colocarse en el centro del paño de la misma, preferentemente en ambas caras.
Los colores escogidos se justifican por los siguientes motivos:
Verde: el color verde es el color dominante en el territorio comprendido dentro de los límites del término municipal de Puntagorda, desde la zona cumbrera que rodea la Caldera de Taburiente, hasta las medianías. Representa, además, el color verde de los bosques de pino canario y todo su sotobosque, de las agrupaciones de fayal-brezal, y el verdor de sus viñedos y sus almendros, a los que se unen palmeras, dragos y el manto de hierba y flores en invierno y primavera.
Marrón (canelo): representa el color de la tierra en Puntagorda, una tierra que por su fertilidad es objeto de exportación hacia otros lugares de la isla para el relleno de fincas. Junto a ello, y reconociendo histórica y culturalmente la presencia de este color en el municipio, sus trajes típicos son canelos. Color que está presente en los tejados tradicionales de las casas, hechos con barro del lugar, en las almendras maduras, es el color de la tea del pino canario, y predomina en los riscos acantilados.
Azul: simboliza el mar que baña las costas en que finaliza el recorrido geográfico del municipio de Puntagorda. Mar que siempre ha contribuido a conformar la idiosincrasia del pueblo de Puntagorda.
Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 1999.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, en funciones, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.
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