Habiéndose intentado la notificación a la Asociación de Vecinos Maneje, en el domicilio que figura en el expediente administrativo de concesión de una subvención, del Decreto nº 153, de 5 de mayo de 1998, del Presidente del Gobierno, por el que se incoa expediente de reintegro de una subvención concedida a la Asociación de Vecinos Maneje por Decreto nº 431, de 18 de diciembre de 1995, sin que haya podido practicarse la misma, es por lo que de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1. Notificar a la Asociación de Vecinos Maneje, el Decreto nº 153, de 5 de mayo de 1998, del Presidente del Gobierno, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Primero.- Incoar expediente de reintegro de la subvención concedida a la Asociación de Vecinos Maneje, por importe de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención.
Segundo.- Conceder a la entidad interesada un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Decreto, para que formule las alegaciones oportunas.
2. Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento de Arrecife de Lanzarote para su publicación en el tablón de edictos, así como al Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de julio de 1998.- El Secretario General, Antonio Lazcano Acedo.
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