Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente sancionador S-11/95, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre de 1992, R. 1992, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Luis Sánchez Hernández la Propuesta de Resolución de 27 de octubre de 1995, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Sancionar a la entidad Hordisan, S.L. con multa de 250.000 pesetas, como autora de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artº. 153.C).6 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por los defectos de construcción constatados en el pavimento de la vivienda sita en la calle Ingeniero Doreste, 16, portal 3, 4º F.
Requerir a Hordisan, S.L. en su doble condición de promotor-constructor, para que en el plazo de quince días, desde la notificación de la Resolución ejecute las obras de reparación necesarias para subsanar las deficiencias, en virtud de los artículos 111, párrafo 2º y 155 in fine del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, bajo apercibimiento de que de no proceder a ello, se le irrogarán los perjuicios a que hubiere lugar en Derecho.
Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos, respectivamente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de marzo de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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