BOC - 1995/141. Viernes 3 de Noviembre de 1995 - 2147

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

2147 - RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 1995, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se establecen las ayudas a los alumnos comensales para el curso escolar 1995/96, así como se determinan las ayudas a los mismos para el primer trimestre del referido curso, ampliando la Resolución de 1 de septiembre de 1995, que dicta instrucciones para la gestión y funcionamiento de los comedores escolares.

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La Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 29 de junio de 1992, por la que se regula el funcionamiento de los comedores escolares (B.O.C. nº 95, de 13.7.92), establece en su Disposición Adicional Primera que, para cada curso escolar y por Resolución de la Dirección General de Promoción Educativa, se asignarán las cuantías correspondientes a cada uno de los supuestos que contiene la referida Disposición Adicional.

La Resolución de 1 de septiembre de 1995 (B.O.C. nº 118, de 11.9.95), dicta las instrucciones para la gestión y funcionamiento de los comedores escolares, y autoriza las variaciones en el número de comensales de los comedores de diversos centros públicos para el curso escolar 1995/96.

De acuerdo con estas disposiciones, y sobre la base de las competencias que tengo conferidas por el artículo 14.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre,

R E S U E L V O:

Establecer las cuantías destinadas a los centros públicos, correspondientes a las ayudas a los alumnos comensales de los mismos para el primer trimestre del curso escolar 1995/96, que se especifican en el anexo.

Para lo no contemplado en esta Resolución, se estará a lo dispuesto en la Orden de 29 de junio de 1992 (B.O.C. nº 95, de 13.7.92), por la que se regula el funcionamiento de los comedores escolares y la Resolución de 1 de septiembre de 1995 (B.O.C. nº 118, de 11.9.95), por la que se dictan las instrucciones para la gestión y funcionamiento de los comedores escolares y se autorizan las variaciones en el número de comensales de los comedores de diversos centros públicos para el curso escolar 1995/96. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Viceconsejero de Educación, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de 1995.- El Director General de Promoción Educativa, Fernando Hernández Guarch.



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