El artº. 9.3.c) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre (B.O.C. nº 161, de 9.12.91), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, atribuye a la Secretaría General Técnica la competencia en materia de dirección y coordinación de la informática del Departamento.
De conformidad con lo establecido en el artº. 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el artº. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de dotar de una mayor agilidad a la dirección y coordinación de la informática del Departamento,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en el Director General de Universidades e Investigación, la dirección y coordinación de la informática del Departamento.
Segundo.- La delegación de competencias contenida en esta Resolución se entenderá sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación.
Tercero.- Las Resoluciones que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán a todos los efectos dictadas por esta Secretaría General Técnica.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de agosto de 1995.- La Secretaria General Técnica, María Teresa Larrea Díez.
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