No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de las infracciones a la normativa de transportes por carretera, y haciendo uso de la facultad contemplada en el artº. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre),
R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Contra las Resoluciones que por la presente se notifican, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Pesca y Transportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Orlando García García; Nº EXPTE.: TF-1736-O-94; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-1859-AY; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de la tarjeta de transportes.
2) TITULAR: Ana Isabel Delgado Chinea; Nº EXPTE.: TF-1874-O-94; POBLACIÓN: Icod; MATRÍCULA: TF-7226-AW; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a), en relación con el artº. 141.o) Ley 16/1987, artículos 109 y 197.a), en relación con el artº. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 100.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio discrecional de viajeros (vehículo ligero), careciendo de la tarjeta de transportes.
3) TITULAR: Ana Isabel Delgado Chinea; Nº EXPTE.: TF-2019-I-94; POBLACIÓN: Icod; MATRÍCULA: TF-7226-AW; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a), en relación con el artº. 141.o) Ley 16/1987, artículos 109 y 197.a), en relación con el artº. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 100.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio discrecional de viajeros, careciendo de la tarjeta de transportes.
4) TITULAR: Ramón Galván Galván; Nº EXPTE.: TF-2243-O-94; POBLACIÓN: La Laguna; MATRÍCULA: TF-3499-AJ; INFRACCIÓN: artº. 142.c) Ley 16/1987, artº. 199.c) Real Decreto 1.211/1990, Orden Ministerial de 25.10.90; CUANTÍA: 15.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de los distintivos exigidos por la normativa vigente.
5) TITULAR: Drago Express, S.A.; Nº EXPTE.: TF-0159-O-95; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-6996-W; INFRACCIÓN: artº. 142.n) Ley 16/1987, artº. 199.o) Real Decreto 1.211/1990, Decreto 12/1992; CUANTÍA: 46.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio discrecional de viajeros, llevando menos pasajeros que los permitidos.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 1995.- El Director General de Transportes Terrestres, Manuel Fajardo Feo.
© Gobierno de Canarias