Advertidos errores y omisiones en el anexo II, Baremo de méritos, de la Orden de 23 de mayo de 1995 (B.O.C. nº 74, de 14.6.95), por la que se convoca procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de Catedrático, es preciso proceder a su oportuna corrección.
En consecuencia,
D I S P O N G O:
Uno.- El anexo II, Baremo de méritos, de la Orden de 23 de mayo de 1995, por la que se convoca procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de Catedrático queda modificado en los siguientes términos:
1. En el apartado 1.1, columna de Documentos justificativos, debe añadirse al final del párrafo el siguiente texto y cerrada al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. El subapartado 1.2.4, en la columna de Méritos, que dice Por cada año de servicios prestados en la Administración educativa debe decir Por cada año de servicios administrativos prestados en la Administración educativa.
3. En el apartado 2.1, de la misma columna, a continuación de de duración no inferior a 30 horas debe añadirse máximo 1,50 puntos. 4. En el apartado 2.2, igualmente de la columna de Méritos, a continuación de de duración superior a 100 horas debe añadirse máximo 2 puntos.
5. El apartado 3.3.1, también de la columna de Méritos, donde dice Por cada año de dirección de proyectos pedagógicos debe decir Por cada año de participación en proyectos pedagógicos.
6. En el apartado 3.3.4, de la misma columna, debe añadirse, al final del párrafo, el siguiente texto equipos de centro u otros equipos de trabajo de profesorado autorizados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.
Dos.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo de presentación de solicitudes contemplado en el apartado 3.4 de la Orden de 23 de mayo de 1995, queda ampliado hasta el día 24 de julio de 1995.
Contra la presente Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 1995.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, en funciones, José Mendoza Cabrera.
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