Examinado el expediente administrativo tramitado para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria o asumidos por ésta en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Vistas las solicitudes obrantes en el expediente.
Visto el informe-propuesta de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura y Alimentación.
Visto el informe del Servicio de Personal Funcionario de la Dirección General de la Función Pública.
Visto el Real Decreto 3.538/1981, de 29 de diciembre, por el que se transfieren competencias en materia de agricultura a la Junta de Canarias.
Vista la Disposición Adicional Undécima de la Ley Territorial 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993, por la que son de aplicación las mismas normas a los funcionarios transferidos y a los funcionarios que hayan accedido al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante los sistemas de concurso y libre designación. Considerando que se integran en los correspondientes Cuerpos o Escalas en que se organiza la función pública canaria, todos los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que hayan pasado al servicio de la Administración Pública de esta Comunidad Autónoma por el sistema de concurso o de libre designación, convocados antes del 4 de abril de 1987 o hayan sido adscritos antes de esa fecha.
Considerando que el personal que se relaciona en el anexo de esta Orden quedó integrado plenamente en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General de la Comunidad Autónoma de Canarias, a la entrada en vigor de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, por la aplicación automática de ésta o en la fecha que realmente tomó posesión de su destino en la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, de ser posterior a aquélla.
Considerando que, mediante Orden de la Consejería de la Presidencia, de 18 de enero de 1991, se homologaron las retribuciones de las Agentes de Economía Doméstica al Grupo B.
Vistas las demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las facultades conferidas, vengo en
DISPONER:
Uno.- Aprobar la relación provisional de funcionarios públicos de carrera que transferidos, están integrados en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos del anexo.
Dos.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que los interesados puedan formular reclamaciones durante el plazo de quince días, aportando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de junio de 1995.
EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, en funciones, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez. A N E X O
RELACIÓN PROVISIONAL DE FUNCIONARIOS DE CARRERA INTEGRADOS EN EL CUERPO DE GESTIÓN, ESCALA DE GESTIÓN GENERAL, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIA PRIMERA DE LA LEY TERRITORIAL 2/1987, DE 30 DE MARZO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA CANARIA Y ADICIONAL UNDÉCIMA DE LA LEY TERRITORIAL 10/1992, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CANARIA PARA 1993. APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I. GARCÍA CASTAÑOS, CARMELITA MANUELA 70.997.146 GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, MARINA R. 41.922.950 ROBLES LAVÍN, MARÍA PILAR 24.749.926
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