Visto el Acuerdo de la Comisión de Vivienda de fecha 18 de mayo de 1995.
Considerando que el artículo 14.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública, de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 73, de 29.5.89), establece que la Lista definitiva de adjudicatarios y Relación para posibles vacantes sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.
Visto el precepto citado y demás en general y especial aplicación,
R E S U E L V O:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, del Acuerdo de la Comisión de Vivienda, por el que se aprueba la Lista definitiva de adjudicatarios y Relación para posibles vacantes, para las promociones TF-89/130, 26 viviendas en La Gallarda y TF-93/020, 5 viviendas en Laguna Santiago en San Sebastián de La Gomera.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 1995.- El Director General de Vivienda, Presidente de la Comisión de Vivienda, José María Senante Mascareño.
A N E X O
La Comisión de Vivienda, reunida en sesión de fecha 18 de mayo de 1995, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 14.2 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, que dispone la adjudicación de viviendas de promoción pública, acordó:
Aprobar la Lista definitiva de adjudicatarios y Relación para posibles vacantes, correspondientes a las promociones TF-89/130, de 26 viviendas en La Gallarda y TF-93/020, de 5 viviendas en Laguna Santiago en San Sebastián de La Gomera.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa tal y como establece el artículo 2.2 del Decreto Territorial 63/1989, de 25 de abril, en relación con la Disposición Transitoria Única del Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de alquiler (B.O.C. nº 131, de 26.10.94), se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de dicho Acuerdo, debiendo el recurrente presentar en este supuesto, comunicación previa de la interposición del mismo, ante esta Comisión de Vivienda, tal y como establece el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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