La Orden de 27 de junio de 1994, por la que se regula el régimen de ayudas y subvenciones en el área de protección del menor y la familia, así como atención a la mujer durante el ejercicio económico de 1994 (B.O.C. nº 80, de 1.7.94), en su artículo 1.3 fija el importe total del crédito habilitado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1994 para las ayudas y subvenciones en la citada área, el cual asciende a un total de 441.276.458 pesetas, especificando asimismo cada una de las aplicaciones presupuestarias.
Sin embargo, se hace necesaria una reasignación del crédito consignado en las líneas de actuación 14405002 y 94714506 atendiendo al carácter meramente indicativo del concepto económico en el que se consignan, según se establece en el artículo 5.2 de la Ley 3/1993, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1994.
Por otro lado, en el referido artículo 1.3 de la Orden de 27 de junio de 1994 se ha advertido la omisión involuntaria de la aplicación presupuestaria 14.11.323 B. 480.00. P.I.L.A. 14408802 con un crédito de 50.232.000 pesetas y que supone un aumento del importe total consignado que asciende a 491.508.458 pesetas.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el apartado 3 del artículo 1 de la Orden de 27 de junio de 1994, por la que se regula el régimen de ayudas y subvenciones en el área de protección del menor y la familia, así como atención a la mujer durante el ejercicio económico de 1994, que queda redactado como sigue:
3. El importe total del crédito habilitado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1994 para las ayudas y subvenciones en esta área, en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
- 14.11.313 H. 480.00 P.I.L.A. 14404702 10.000.000 de ptas.
- 14.11.313 H. 480.00 P.I.L.A. 14404902 30.000.000 de ptas.
- 14.11.313 H. 450.00 P.I.L.A. 14405002 149.700.000 ptas.
- 14.11.313 H. 460.00 P.I.L.A. 14405002 44.500.000 ptas. - 14.11.313 H. 480.00 P.I.L.A. 14405002 58.800.000 ptas.
- 14.11.313 H. 750.00 P.I.L.A. 94714506 126.948.499 ptas.
- 14.11.313 H. 760.00 P.I.L.A. 94714506 10.000.000 de ptas.
- 14.11.313 H. 780.00 P.I.L.A. 94714506 11.327.959 ptas.
- 14.11.323 B. 480.00 P.I.L.A. 14408802 50.232.000 ptas.
ascendiendo a un total de 491.508.458 pesetas.
Estos importes podrán ser ampliados en función de las disponibilidades presupuestarias, pudiéndose atender con cargo a estas posibles ampliaciones los expedientes que, al amparo de esta Orden, no se hubiesen podido atender por falta de la dotación presupuestaria inicial.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de noviembre de 1994.
EL CONSEJERO DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES, Julio Bonis Álvarez.
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