Visto el expediente instruido con fecha 4 de agosto de 1994, a instancia de D. Andrés Piñeiro Izquierdo, en nombre y representación de Travel Crown, S.A., en solicitud de concesión del oportuno título-licencia de agencia de viajes del grupo Minorista.
Resultando que a la solicitud de dicha empresa se acompañó la documentación que previene el artículo 6, en relación con el artículo 5 y demás concordantes del Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en los que se especifican los documentos que han de ser presentados juntamente con la solicitud del otorgamiento del título-licencia.
Resultando que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en el expresado Reglamento.
Considerando que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, para la obtención del título-licencia de agencia de viajes del grupo Minorista.
Vistos el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma Canaria, y el artículo 14.2.d) del Decreto 229/1993, de 29 de julio, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Turismo por el que atribuye a esta Dirección General la actuación administrativa en materia de agencias de viajes y específicamente la resolución de expedientes de otorgamiento y revocación de los títulos-licencias, R E S U E L V O:
Se conceda el título-licencia de agencia de viajes Minorista a Travel Crown, S.A., con código identificativo I.C. nº 260 y establecimiento turístico sito en calle General Antequera, 4, Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ejercer la actividad a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre de 1987), y demás disposiciones aplicables.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de septiembre de 1994.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.
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