Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, la revisión del Plan Parcial de Ordenación del Sector S-9, S.A.P.U. 9, por modificación del anterior como uso residencial a uso residencial, comercial y administrativo, con un sector residencial de 250 viviendas, el mencionado expediente estará de manifiesto al público por término de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de Canarias, si ésta fuera posterior, así como en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, durante cuyo plazo podrán los interesados presentar las reclamaciones u observaciones que considere pertinentes, conforme a los efectos previstos en el artº. 114 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Santa Lucía, a 29 de julio de 1994.- El Alcalde, Carmelo Ramírez Marrero.
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