El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de junio de 1994, acordó adoptar el siguiente acuerdo:
34.- Expediente sobre Proyecto de Urbanización de la prolongación de la calle Francisco Bonnín, Edificio El Cabo, presentado por D. Macrín Zorilla Olarte, a los efectos de aprobación definitiva.
Visto el expediente sobre Proyecto de Urbanización de la prolongación de la calle Francisco Bonnín, Edificio El Cabo, presentado por D. Macrín Zorilla Olarte. Resultando que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 22 de octubre de 1993, acordó la aprobación inicial de dicho Proyecto de Urbanización, redactado por el Arquitecto D. José Miguel Molowny Barreto, debidamente visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias el día 24 de mayo de 1993 con el número 30747 y acompañado de Planos rectificados de fecha 27 de julio de 1993 visados con el mismo número. Resultando que una vez aprobado inicialmente, fue sometido a información pública durante quince días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma nº 52, de 27 de abril de 1994, y publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, sin que, durante dicho periodo, hayan sido presentadas reclamaciones al respecto. Considerando que a la vista del resultado de la información pública, la aprobación definitiva de los Proyectos de Urbanización corresponde al Ayuntamiento respectivo (artº. 118.2.d) del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (B.O.E. de 30 de junio). El Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con los dictámenes del Consejo de Dirección de la Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, acordó la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la calle Francisco Bonnín, Edificio El Cabo, en los mismos términos y con sujeción a idénticas condiciones que el acuerdo de aprobación inicial, y que dicho acuerdo sea publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, publicaciones que correrán a cargo de los interesados. El inicio de las obras deberá comunicarse a Emmasa, Subunidad de Instalaciones de la Unidad de Gestión de Servicios y Unidad de Mantenimiento y Obras Municipales del Área de Infraestructura y Servicios.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el referido acuerdo podrá interponerse recurso de reposición ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (Disposición Adicional 3ª en relación con la Disposición Transitoria 2ª de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común); contra la desestimación del mencionado recurso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde la notificación del acuerdo resolutorio si éste fuere expreso, y, si fuere presunto, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de junio de 1994.- El Secretario Delegado, Eduardo Silgo Villegas.
© Gobierno de Canarias