De conformidad con lo establecido en el Decreto 557/1960, de 24 de marzo, y en la Orden Ministerial de 4 de abril de 1970, por la que se resuelven las situaciones de plantilla planteadas por la transformación, creación o supresión de Centros docentes; en virtud de lo dispuesto en la Orden de 25 de febrero de 1992 (B.O.C. de 16 de marzo), por la que se amplían y se extinguen enseñanzas de Formación Profesional en el I.P.F.P. Virgen de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife; en cumplimiento de lo previsto en la Orden de 16 de marzo de 1993 (B.O.C. de 2 de abril), por la que se regulan situaciones del profesorado afectado por desdoblamientos, transformaciones, traslados e integraciones de enseñanzas en Centros Públicos de Enseñanzas Medias, Artísticas y de Idiomas; teniendo en cuenta los informes emitidos al respecto por la Dirección General de Centros y los Servicios de la Inspección Educativa, oídas las comunidades escolares correspondientes, y con el fin de redistribuir correctamente los efectivos docentes, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Los profesores de la Rama Administrativa y Comercial con destino definitivo para el curso 1992/93 en el I.P.F.P. Virgen de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife que deseen obtener destino definitivo en el I.F.P. de la Salud, deberán personarse, por sí mismos o mediante representante legal, el día 29 de junio de 1993, a las 16,30 horas, en el I.P.F.P. Virgen de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife, provistos de la documentación que se relaciona en el apartado segundo de la presente Resolución.
Segundo.- Los profesores que deseen participar en el acto anteriormente citado deberán presentar la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Título administrativo debidamente actualizado y diligenciado.
c) Poder notarial de representación, en su caso.
Tercero.- Los puestos de trabajo correspondientes a las especialidades de Tecnología Administrativa y Comercial y Prácticas Administrativas y Comerciales del I.F.P. de la Salud, que se contemplan en el anexo de la presente Resolución, se cubrirán atendiendo a los criterios de prelación contenidos en el apartado 4 de la citada Orden de 16 de marzo de 1993.
Cuarto.- Los destinos definitivos obtenidos no supondrán modificación alguna de la situación funcionarial ni detrimento de los derechos del profesorado afectado y tendrán efectos administrativos de 1 de octubre de 1993.
Quinto.- Los nuevos destinos definitivos serán confirmados por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, publicada en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Dirección General de Personal exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de junio de 1993.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.
A N E X O
INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA SALUD
TECNOLOGÍA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL 5
PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS Y COMERCIALES 3
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