Por D. Domingo Berriel Jordán, se ha solicitado autorización para la instalación de una planta desaladora para uso agrícola, que estará ubicada en el lugar conocido por Tesjuate, en el término municipal de Puerto del Rosario (isla de Fuerteventura), que se alimentará mediante un sondeo, con un caudal de producción de 135 m3/día y cuyo vertido de rechazo se realizará mediante pozo filtrante costero, junto al Aeropuerto de Fuerteventura.
De conformidad con los artículos 89 y 90 de la Ley de Aguas de Canarias 12/1990, de 26 de julio, y a los efectos previstos en el artículo 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, se conceden 20 días de plazo, contados desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a fin de que los que se consideren perjudicados examinen el expediente y proyecto presentado en el Servicio Hidráulico de Las Palmas, a donde deberán dirigir por escrito las alegaciones pertinentes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de marzo de 1993.- El Jefe del Servicio, Juan Carlos Ibrahim Perera.
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