Se hace saber a D. José Luis Delgado González, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 171/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, proponiéndose una sanción de un millón de pesetas, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Sociedad Recreativa Bomba H se encuentra instalada una máquina expendedora de boletos sin la preceptiva documentación ni autorización de explotación. La máquina de premios consistentes en relojes de escaso valor.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6, 7, 14 y 21.2.1.a) y g) de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, y al Decreto 138/1986, de 29 de septiembre.
Sancionándose como disponen los artículos 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
En su virtud, se le notifica cuanto antecede a fin de que en el plazo de ocho días hábiles pueda alegar cuanto considere en su defensa, de acuerdo con el artº. 43.1.2.d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de abril de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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