Advertidos errores en la impresión de la citada Orden, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 48, de 15 de abril de 1993, se procede a continuación a la oportuna rectificación: En la página 2075, columna izquierda, donde dice: ... atendiendo a los criterios que en su artº. 2 establece el Decreto 2/1986, de 10 de enero (B.O.C.A.C. nº 24, de 10.1.86), ..., debe decir: ... atendiendo a los criterios que en su artº. 2 establece el Decreto 2/1986, de 10 de enero (B.O.C.A.C. nº 10, de 24.1.86), ....
En la página 2079, columna izquierda, donde dice:
- ZONA DE SALUD DE TEJINA-TEGUESTE
Comprende el municipio de Tegueste (excepto El Portezuelo) y los barrios de Tejina, Bajamar, Punta del Hidalgo y Valle de Guerra, del término municipal de La Laguna.,
debe decir:
- ZONA DE SALUD DE TEJINA-TEGUESTE
Comprende el municipio de Tegueste (excepto El Portezuelo) y los barrios de Tejina, Bajamar, Punta del Hidalgo y Valle Guerra, del término municipal de La Laguna.
En la página 2090, columna derecha, donde dice:
- ZONA DE SALUD DE LA PENÍNSULAR DE JANDÍA,
debe decir:
- ZONA DE SALUD DE LA PENÍNSULA DE JANDÍA.
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