Se hace saber a Bachi, S.A., titular de la Sala de Bingo C.B. Canarias, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 75/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, proponiéndose una sanción de cien mil pesetas, por haberse comprobado que al momento de la inspección se encontraba D. Sebastián Benítez Batista ejerciendo funciones de locutor-vendedor con su documento profesional caducado desde fecha de 22 de noviembre de 1991.
Todo lo cual supone infracción a los artículos 27 y 40.4.n) del Decreto 123/1988, de 1 de agosto, modificado por Decreto 140/1991, de 28 de junio.
Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 123/1988, de 1 de agosto, modificado por Decreto 140/1991, de 28 de junio, ya citado.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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