Pico Viento; Pico Viento - Jinamar; Tamaraceite - Nueva Paterna" (Gran Canaria).- Clave: 02T-GC-089.
La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas con fecha 22 de mayo de 1992, ha aprobado técnicamente el proyecto de referencia, clave:
02T-GC-089 y ordenado incoar el correspondiente expediente de información pública, en cumplimiento de cuanto establece la Ley Territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias (B.O.C. de 15 de mayo de 1991) y a efectos de lo dispuesto en la Ley Territorial 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico (B.O.C. de 23 de julio de 1990).
Este Servicio de Carreteras de conformidad con lo indicado, abre un periodo de treinta días hábiles (a contar de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias), durante el cual ejemplares de este proyecto se encontrarán expuestos al público en las oficinas de esta Consejería (Edificio de Servicios Múltiples, calle Profesor Millares Carló, s/n, planta 10, Las Palmas de Gran Canaria) y en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, pudiendo durante el expresado plazo presentarse en las dependencias anteriormente indicadas, las alegaciones y observaciones oportunas, que deberán versar sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado y todas aquellas que tengan relación con la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, indicando que toda la carretera tendrá limitación total de accesos a las propiedades colindantes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 1992.- El Ingeniero Jefe, Julio Molo Zabaleta.
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