Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Turismo y Transportes para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 22.2 de la Ley 11/1991, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992 y demás normativa vigente de aplicación.
En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Turismo y Transportes y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Función Pública, previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 30 de abril de 1992. D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes.
2. Una vez modificada, la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes queda en los términos del anexo.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de abril de 1992. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.
EL CONSEJERO DE TRABAJO
Y FUNCIÓN PÚBLICA,
Blas Gabriel Trujillo Oramas.
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