Se hace saber a D. José Pedro Castro Gutiérrez, con D.N.I. nº 43.602.740, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución, en el expediente sancionador incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 223/90, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, proponiéndose una sanción de un millón de pesetas, por haberse comprobado que el día 7 de noviembre de 1990, se encontraba en la calle Castillo, Santa Cruz de Tenerife, realizando la actividad prohibida denominada juego de los "triles", en plena vía pública, incautándosele la cantidad de 69.000 pesetas.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C.A.C. nº 158, de 31.12.85), así como al artículo 1º del Decreto 57/1986, de 4 de abril (B.O.C.A.C. nº 42, de 11.4.86).
Sancionándose como disponen los artículos 21.2.1.a), 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de junio de 1991.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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