No teniendo conocimiento esta Dirección General del domicilio de D. Antonio Rivero Santana, por hallarse en paradero desconocido, y siendo preciso notificarle la Resolución de la Dirección General de Vivienda por la que se autoriza con fecha 17 de julio de 1990, la subrogación en la titularidad de la vivienda sita en el bloque 30, 5º, C del Polígono de Jinámar I, término municipal de Telde, a favor de Dña. Rosa Perera Jorge, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Antonio Rivero Santana, la Resolución de la Dirección General de Vivienda, en cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Autorizar la subrogación en la titularidad de la vivienda sita en el bloque 30, 5º, C del Polígono de Jinámar I, término municipal de Telde, a favor de Dña. Rosa Perera Jorge.
Notifíquese la presente Resolución a la interesada, requiriéndole para que presente en las dependencias de este Centro Directivo la copia del contrato al objeto de que se haga constar en el mismo como diligencia la subrogación autorizada.
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la notificación de la misma, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas."
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de octubre de 1990.- El Director General de Vivienda, Rafael Pedrero Manchado.
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