De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 3.523/1981, de 18 de diciembre, en la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, y en el artículo 9° del Decreto 26/1984, de 27 de enero de la Presidencia del Gobierno de Canarias, la Dirección General de Transportes ha resuelto adjudicar definitivamente la concesión del servicio público regular.de transportes de viajeros por carretera desde el Camino del Medio, en La Laguna, hasta el Barranco de la Pedrera, por el Cementerio de San Luis, como hijuela desviación de la concesión V-1 183-TF-7, con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de Transportes vigentes y, entre otras, a las siguientes condiciones:
itinerario: Longitud: 3,0 Kms. entre el Camino del Medio, en La Laguna y el Barranco de la Pedrera, cbg paradas en Camino del Medio, Venta Don Manuel, Finca la Viña, Cementerio de San Luis, El Lomo, Los Casanovas y Barranco La Pedrera.
Expediciones: Tres de ida y tres de vuelta de lunes a viernes y seis de ida y seis de vuelta sábados y domingos. Las Palmas de Gran Canaria, 19 de diciembre de 1985.- El Director General de Transportes, Pablo Montoro Martín.
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