Entre los Programas de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social se contemplan de forma prioritaria la formación de personal, y su perfeccionamiento en áreas especificas, relacionadas con la Salud, que de forma habitual se desarrolla para el personal propio y que se extiende a personal no dependiente de esta Consejería.
El nuevo enfoque que de la atención primaria y de la asistencia y gestión sanitaria hace la Organización Mundial de la Salud, nos hace promover la formación de graduados sanitarios en áreas relacionadas con la Salud Pública, en orden a su mejor capacitación para dichos cometidos.
Sin embargo, por su propia extensión, dicha formación ha de contemplarse fuera de esa formación habitual. La presente normativa va dirigida a orientar y facilitar la asistencia a cursos de perfeccionamiento en las áreas apuntadas anteriormente.
En su virtud.
DISPONGO:
Artículo 1°.- Uno. Se convoca concurso para el otorgamiento de becas de formación en el área de Salud Publica para titilados sanitarios, en los siguientes centros de formación:
- Escuela de salud Pública de la Universidad libre de Bruselas.
- Escuela de Salud Pública de la Universidad de Nancy.
- Escuela Nacional de Sanidad y/o Escuela de Gerencia Hospitalaria de Madrid.
Dos. Podrán optar a las becas para asistencias a la Escuela de Gerencia Hospitalaria titulados no sanitarios.
Artículo 2°.- Las becas se otorgarán conforme a las bases que figuran como Anexo de la presente Orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La Dirección de Salud dictará las Resoluciones que sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.
Segunda.- Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de agosto de 1985.
EL CONSEJERO. Alberto Guanche Marrero
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