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BOC Nº 175. Martes 1 de septiembre de 2026 - 3124

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

3124 Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial.- Resolución de 11 de agosto de 2026, por la que se da publicidad a la iniciativa del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa para la formulación y tramitación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise y se autoriza la suscripción del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y el citado Cabildo para la instrumentalización de la encomienda de gestión relativa a la formulación de dicho Plan, término municipal de Teguise, Lanzarote.- Expte. 2017/0023367.

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BOC-A-2026-175-3124. Firma electrónica - Descargar

El Gobierno de Canarias, en la sesión celebrada el día 27 de julio de 2026, a propuesta del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, acordó:

“…1. Aceptar la iniciativa del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa para la redacción y tramitación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise.

2. Autorizar la suscripción del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y el Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa, para la instrumentalización de la encomienda de gestión relativa a la formulación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise, que figura como anexo.

3. Por la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas se publicará el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de dicha Consejería, junto con la información a que se refiere el artículo 9.3 del Reglamento de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo.

4. La Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas notificará el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Teguise y al Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa…”.

En cumplimiento de dicho Acuerdo, y en el ejercicio de las competencias de instrucción de los procedimientos de aprobación de los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística que me atribuye el artículo 27.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, aprobado por Decreto 28/2025, de 7 de abril, en su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de esta Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del texto íntegro del Acuerdo de Gobierno de 27 de julio de 2026, que acepta la iniciativa del Cabildo de Insular de Lanzarote y La Graciosa para la redacción y tramitación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise.

Segundo.- En cumplimiento del Acuerdo de Gobierno, y en aplicación del artículo 9.3 del Reglamento de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo, exponer por plazo de 30 días en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de esta Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas https://www.gobiernodecanarias.org/planificacionterritorial/materias/planes-de-la-comunidad-autonoma/planes-de-modernizacion/ el ámbito y objetivos del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise, conforme al convenio de colaboración que se suscriba entre ambas Administraciones al objeto de instrumentalizar la pertinente encomienda de gestión en relación a la formulación del citado Plan, solicitado por el Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa a esta Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, el cual, según su cláusula sexta, relativa a la forma y condiciones técnicas de la formulación del Convenio, el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa procederá a la formulación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise, bien con medios propios a través de sus servicios técnicos o bien mediante su contratación externa, que deberá respetar en todo caso la legislación reguladora de la contratación en el sector público. No obstante en este último caso, el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa seguirá siendo responsable del cumplimiento de la encomienda de gestión.

La memoria justificativa contiene el ámbito de actuación y objetivos que se incorporan a esta Resolución como Anexos II y III, al objeto de que los agentes públicos y privados tengan la oportunidad de incorporar sus iniciativas al documento en elaboración, presentando sus propuestas de Convenio y demás circunstancias dirigidas al cumplimiento de sus objetivos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de agosto de 2026.- El Director General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial, Onán Cruz Díaz.

ANEXO I

ACUERDO DEL GOBIERNO DE CANARIAS, DE FECHA 27 DE JULIO DE 2026, POR EL QUE SE ACEPTA LA INICIATIVA DEL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA PARA LA REDACCIÓN Y TRAMITACIÓN DEL TERCER PLAN DE MODERNIZACIÓN, MEJORA E INCREMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE COSTA TEGUISE.

“(…) 15. PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA LA INICIATIVA DEL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA PARA FORMULACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL TERCER PLAN DE MODERNIZACIÓN, MEJORA E INCREMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE COSTA TEGUISE Y SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, COHESIÓN TERRITORIAL Y AGUAS Y EL CITADO CABILDO INSULAR, PARA LA INSTRUMENTACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN RELATIVA A LA FORMULACIÓN DE DICHO PLAN (CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, COHESIÓN TERRITORIAL Y AGUAS).

Visto Decreto 110/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el “Segundo Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise (municipio de Teguise, Lanzarote)” (BOC n.º 142, de 23.7.2015).

Resultando que, mediante Acuerdo plenario de 26 de septiembre de 2024, el Cabildo de Lanzarote ha formulado iniciativa para la redacción y tramitación del Tercer PMMI de Costa Teguise, proponiendo, asimismo, la suscripción de un convenio de cooperación con objeto de encomendar a dicha corporación la formulación de dicho Plan.

Considerando que el artículo 7.1 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias (LRMTC), establece que los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad (PMMI) son instrumentos de ordenación urbanística que complementan y, en su caso, sustituyen a las determinaciones urbanísticas vigentes, estableciendo la ordenación completa de su área de intervención, con objeto de viabilizar la renovación urbana y edificatoria, sin posibilidad de clasificar o reclasificar suelo si no existe acuerdo municipal previo que lo permita.

Considerando que, de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la LRMTC, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo, en concordancia con el artículo 8.1 de la Ley, los PMMI se tramitarán a propuesta del Ayuntamiento afectado, a iniciativa del Cabildo Insular correspondiente o el Gobierno de Canarias, y a solicitud de los particulares afectados, en su caso. Considerando que, como complemento a lo anterior, el artículo 8.3 de la LRMTC prevé, en todo, caso un trámite previo consistente en un pronunciamiento del Gobierno de Canarias en el que se acuerde o acepte la iniciativa del PMMI. Asimismo, la iniciativa debe contar, en todo, caso con la conformidad de los Ayuntamientos afectados.

Considerando que, en el presente supuesto, el Ayuntamiento de Teguise ha manifestado su conformidad con la formulación y tramitación del Tercer PMMI de Costa Teguise, mediante oficio de la Alcaldesa, de 10 de junio de 2025.

Considerando que dicha iniciativa es susceptible de ser aceptada por esta Administración autonómica (sin perjuicio de lo que pueda advertirse en los posteriores informes y trámites que se evacuen durante el procedimiento, en relación con el contenido concreto del plan).

Considerando que, en virtud del citado artículo 8.3 de la LRMTC, una vez acordada o aceptada la iniciativa, corresponde a la Consejería competente en materia de ordenación del territorio la redacción del PMMI o de su correspondiente alteración.

Visto informe de la Viceconsejería de Servicios Jurídicos relativo al borrador de convenio.

Vistos memoria explicativa y último borrador de convenio de cooperación entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa, por el que se encomendará a dicha Corporación la formulación del Tercer PMMI de Costa Teguise, tras las observaciones de la Viceconsejería de Servicios Jurídicos.

Visto informe-propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial.

Visto informe de la Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno del día 21 de julio de 2026.

Considerando que la suscripción del citado convenio debe ser autorizada con carácter previo por el Gobierno de Canarias, de conformidad con el artículo 47.2 de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares, al tratarse de un convenio de encomienda de gestión de la Administración autonómica a un Cabildo.

Considerando que el artículo 9.3 del Reglamento de la LRMTC dispone que la decisión de proceder a redactar el PMMI, sus fines, ámbito, empresa o equipo redactor y demás información relevante será publicada por el Gobierno a través de boletín oficial correspondiente y en los foros y medios de comunicación y difusión más adecuados, a fin de que los agentes públicos y privados tengan la oportunidad de incorporar sus iniciativas al documento en elaboración, presentando sus propuestas de convenio y demás circunstancias dirigidas al cumplimiento de sus objetivos.

En su virtud, el Gobierno, tras deliberar, y a propuesta del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, acuerda:

1. Aceptar la iniciativa del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa para la redacción y tramitación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise.

2. Autorizar la suscripción del convenio de cooperación entre la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y el Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa, para la instrumentalización de la encomienda de gestión relativa a la formulación del Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise, que figura como anexo.

3. Por la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas se publicará el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de dicha Consejería, junto con la información a que se refiere el artículo 9.3 del Reglamento de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, aprobado por Decreto 85/2015, de 14 de mayo.

4. La Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas notificará el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Teguise y al Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa…”.

ANEXO II

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

El ámbito de aplicación del presente Convenio abarca la zona turística del núcleo de Costa Teguise, en el término municipal de Teguise.

ANEXO III

OBJETIVOS

El Convenio instrumentaliza la encomienda de gestión para formular y tramitar el Tercer Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise.

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