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BOC-A-2025-052-1020.
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Por Resolución del Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias de 7 de marzo de 2024, se convocó proceso selectivo para el ingreso por acceso libre al Cuerpo de Técnicos, Escala de Técnicos de Administración General (BOC n.º 59, de 21.3.2024).
Visto que la Resolución de la Presidenta del Tribunal Calificador, de fecha 25 de febrero de 2025, ha sido elevada a esta Presidencia conteniendo el nombre de la persona aspirante seleccionada.
Visto que la citada Resolución se ajusta a lo establecido en las bases específicas 11 y 13 de la convocatoria y que en su anexo se detalla la puntuación obtenida en las fases de concurso y oposición, así como la suma de ambas, que determina la puntuación final del proceso selectivo.
Considerando que, con anterioridad al nombramiento y adjudicación de plaza, la persona aspirante seleccionada debe aportar la documentación acreditativa de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria.
Por lo expuesto, en cumplimiento de lo establecido en la base específica 13 de la convocatoria y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 32.f) de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, el artículo 44.i) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas, y la base específica 13 de la convocatoria,
DISPONGO:
Primero.- Hacer pública la relación de aspirantes seleccionados en el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Técnicos, Escala Técnicos de Administración General, de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en los siguientes términos:
Ver anexo en la página 11277 del documento Descargar
Segundo.- Requerir a Dña. Ariadna Sosa González al objeto de que, en el plazo de veinte días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución, aporte la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria, así como declaración responsable de no estar sujeta a separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, y de no hallarse bajo inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Tercero.- La citada documentación deberá presentarse a través del Registro Electrónico.
Cuarto.- La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, haciéndose saber que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2025.- El Presidente, Pedro Pacheco González.
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