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BOC-A-2025-035-681.
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El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias y la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la implementación del programa de incorporación de Talento Docente e Investigador a las universidades públicas españolas, en ejecución de lo dispuesto en el Capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, referida a las obligaciones de financiación asumidas por el Gobierno de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de febrero de 2025.- La Secretaria General Técnica, María Dolores Alonso Álamo.
ANEXO
ADENDA DEL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES, LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Y LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE INCORPORACIÓN DE TALENTO DOCENTE E INVESTIGADOR A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESPAÑOLAS, EN EJECUCIÓN DE LO DISPUESTO EN EL CAPÍTULO IV DE LA LEY ORGÁNICA 2/2023, DE 22 DE MARZO, DEL SISTEMA UNIVERSITARIO, REFERIDA A LAS OBLIGACIONES DE FINANCIACIÓN ASUMIDAS POR EL GOBIERNO DE CANARIAS.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Migdalia María Machín Tavío, como Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, para cuyo cargo fue nombrada por Decreto 43/2023, de 14 de julio.
De otra, D. Francisco Javier García Rodríguez, Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna, nombrado por el Decreto 30/2023, de 20 de abril.
De otra, D. Lluis Serra Majem, Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, nombrado por el Decreto 11/2021, de 9 de marzo.
Los intervinientes en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.- El Convenio entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias y la Universidad de La Laguna y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la implementación del programa de incorporación de Talento Docente e Investigador a las universidades públicas españolas, en ejecución de lo dispuesto en el Capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en su cláusula tercera establece la financiación del Convenio, haciendo solamente referencia al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Segundo.- Considerando la duración inicial del Convenio, y sin perjuicio de sus posibles prórrogas, en los términos previstos en la cláusula octava del mismo, el coste asumido por el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, con cargo a este Convenio, se estima en 14.888.970,00 euros, para la financiación de 75 plazas de Profesorado Ayudante Doctor.
Tercero.- El inicio de las contrataciones de las 75 plazas asignadas al Gobierno Canario no se llevará a cabo antes del ejercicio 2025, por eso no se asume coste para su financiación en el año 2024.
En consecuencia, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio de conformidad con la siguiente cláusula:
CLÁUSULA
Única.- Obligaciones de financiación asumidas por el Gobierno de Canarias, complementando lo establecido en la cláusula tercera del Convenio.
El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, asume, con cargo a este Convenio, un coste de 14.888.970,00 euros, para la financiación de 75 plazas de Profesorado Ayudante Doctor, con cargo a las partidas presupuestarias 17.04.322F.4460100.174G1655 y 17.04.322F.4460100.174G1656, en las que existirá crédito adecuado y suficiente, para cada anualidad y hasta finalizar la vigencia del programa de incorporación de Talento Docente e Investigador, supeditado a la existencia de disponibilidades presupuestarias, y en aplicación de lo señalado por el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para atender el gasto derivado según el detalle siguiente:
Ver anexo en las páginas 6655-6655 del documento Descargar
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las competencias de que son titulares los firmantes, suscriben la presente Adenda al Convenio identificado en el encabezado, por duplicado ejemplar.- La Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, Migdalia María Machín Tavío.- El Rector de la Universidad de La Laguna, Francisco Javier García Rodríguez.- El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Lluis Serra Majem.
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