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BOC-A-2025-032-616.
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Ha sido admitido el depósito de la modificación de Estatutos de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. José Juan Mayor Ramírez mediante escrito tramitado con el n.º de entrada 75/2025/000019.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió, con fecha 31 de enero de 2025, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el mismo día a través de escrito con n.º de entrada 75/2025/000020.
La Asamblea General Extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2024 acordó modificar el artículo 3, bajo el título de “fines y actividades”, y el artículo 28, relativo a los “recursos económicos” de los estatutos de la citada federación.
El acta de la citada asamblea aparece suscrita por Dña. Nina Rodríguez Guerra en calidad de Secretaria General, y con el visto bueno del Presidente, D. José Mayor Ramírez.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en el tablón de anuncios del propio programa DEOSE Canarias, con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de la modificación de los Estatutos de la federación empresarial denominada Oneport Canarias Federación de Operadores Logísticos y Servicios Portuarios y cuyo n.º de depósito es el 75000003.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Asimismo, también cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado, a través del propio DEOSE, en la opción “Copia de Estatutos”.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2025.- El Director General de Trabajo, José Ramón Rodríguez Albertus.
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