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BOC Nº 028. Lunes 10 de febrero de 2025 - 532

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura

532 DECRETO 3/2025, de 3 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”.

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BOC-A-2025-028-532. Firma electrónica - Descargar

Visto informe-propuesta del Director General de Cultura y Patrimonio Cultural de fecha 13 de enero de 2025, en referencia al expediente instruido por el Cabildo Insular de Fuerteventura, por el que se insta la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Las apañadas de ganado de Fuerteventura constituyen una práctica ganadera tradicional de origen ancestral, que se remonta con gran probabilidad a la época aborigen y ha pervivido hasta la actualidad, conservando sus elementos esenciales. Se trata de un sistema de captura colectiva del ganado mayoritariamente caprino, disperso en terrenos comunales, con el objetivo de su identificación, marcaje y posterior distribución entre sus propietarios. Esta actividad, desarrollada en espacios abiertos de la isla, combina el conocimiento de los usos tradicionales del territorio con una estructura social basada en la participación comunitaria de los ganaderos y pobladores locales. Fruto de su importancia como bien cultural que forma parte de patrimonio canario, el Servicio de Patrimonio Cultural del Cabildo de Fuerteventura elaboró detallado estudio en el que se describe y analiza el concepto de apañadas de ganado de costa en la citada isla, así como los elementos culturales asociados a esta práctica, evidenciando su relevancia histórica y etnográfica dentro del patrimonio cultural inmaterial de Fuerteventura.

Segundo.- Mediante Resolución n.º CAB/2022/7323, de 14 de octubre de 2022, del Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico, Innovación, Transparencia y Participación Ciudadana del Cabildo Insular de Fuerteventura, se acordó incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”. Dicha Resolución fue notificada a las personas interesadas conforme a los términos legales vigentes y publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC n.º 215, de 31.10.2022), en cumplimiento del artículo 29 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, y del artículo 5.3 del Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, aprobado por Decreto 111/2004, de 29 de julio.

Tercero.- Tal y como obra en el expediente y de acuerdo con lo previsto en los artículos 30.1 y 21 de la citada Ley 11/2019 y en el artículo 8 del mencionado Reglamento, se solicitaron informes previos de carácter preceptivo a las siguientes instituciones:

- Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (24 de octubre de 2022).

- Universidad de La Laguna (24 de octubre y reiterado el 26 de diciembre de 2022).

- Museo y Parque Arqueológico Cueva Pintada (29 de diciembre de 2022), que además solicitó la emisión de un informe complementario al Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria.

- Museo Arqueológico Benahoarita (29 de diciembre de 2022).

Asimismo, también se solicitó informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Miguel Arcángel el 24 de octubre y cabe señalar que no tiene condición de institución consultiva a efectos del artículo 21 de la Ley 11/2019, por no haber sido designada expresamente, sin perjuicio de su capacidad de asesoramiento técnico en el expediente.

Cuarto.- Se recibieron los siguientes informes de instituciones consultivas favorables en las siguientes fechas, conforme a lo acreditado en el expediente de referencia:

- Universidad de Las Palmas de Gran Canaria: emitido el 11 de noviembre de 2022 y recibido el 14 de noviembre de 2022.

- Universidad de La Laguna: emitido el 18 de enero de 2023 y recibido el 20 de enero de 2023.

- Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria: informe favorable emitido y remitido el 7 de marzo de 2023, por la Consejería de Presidencia.

En base a la documentación recopilada y los informes recibidos, se continúa la tramitación del expediente para la declaración de las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura como Bien de Interés Cultural Inmaterial, asegurando la protección y salvaguarda de esta tradición ganadera de gran arraigo histórico y cultural en la isla.

Quinto.- En la instrucción del expediente, el Cabildo Insular de Fuerteventura cumplió los trámites de audiencia e información pública, según consta en los respectivos BOC n.º 37, de 22 de febrero de 2023, y n.º 38, de 23 de febrero de 2023, sin que se presentaran alegaciones al respecto, conforme con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 11/2019, de 25 de abril.

Sexto.- Con fecha 25 de abril de 2023, la Dirección General de Patrimonio Cultural solicitó a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico, del Ministerio de Cultura y Deporte, la anotación preventiva prevista en el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Ese mismo día, se comunicó al Cabildo de Fuerteventura dicha solicitud. Posteriormente, el 24 de mayo de 2023, la Dirección General informó al Cabildo Insular de Fuerteventura de que la anotación preventiva había sido practicada, quedando registrada a favor de “Las Apañadas de Ganado de Costa de Fuerteventura” con el código 30544.

Séptimo.- Por Resolución de 13 de noviembre de 2023, del Consejero de Área Insular de Cultura, Patrimonio Cultural e Innovación del Cabildo de Fuerteventura, se acuerda elevar a la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”.

Octavo.- De conformidad con el artículo 18.4 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, la Secretaria de la Ponencia Técnica de Patrimonio Arqueológico, Etnográfico y Paleontológico del Consejo de Patrimonio Cultural de Canarias (en adelante CPCC) certifica que en la sesión del 21 de marzo de 2024 dictamina favorablemente el expediente y lo eleva al CPCC, para que emita el preceptivo informe, según consta en la certificación de 10 de abril de 2024.

Noveno.- En sesión celebrada con fecha 24 de abril de 2024, el CPCC emite el preceptivo informe favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”.

Décimo.- El 18 de octubre de 2024, mediante certificación del Jefe de Servicio de Patrimonio Cultural de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural, se acredita que no se ha producido la caducidad del expediente referenciado y que sigue vigente, indicando como fecha de caducidad el 11 de febrero de 2025.

Undécimo.- Con fecha 10 de enero de 2025, se emite informe del Jefe de Área de Cultura y Patrimonio Cultural, en el cual declara que procede elevar al Director General de Cultura y Patrimonio Cultural que dicte propuesta para declarar Bien de Interés Cultural Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”, según la descripción y los elementos esenciales que se contienen en el anexo de esta proposición.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, establece en su artículo 27.4 que los poderes públicos canarios velarán por la protección y la defensa de la identidad, el patrimonio histórico y los valores e intereses de Canarias, del legado etnográfico y arqueológico de la población aborigen prehispánica y de las demás culturas que han ido poblando el Archipiélago, atribuyendo en el artículo 137.1 a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución.

En desarrollo de los fundamentos estatutarios, la incoación y tramitación de este expediente se ha llevado a cabo por el Cabildo Insular de Fuerteventura, de acuerdo con la competencia que ostenta en tal sentido, según lo dispuesto en los artículos 16.a), 27.1 y 2, y 30.1 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, habiéndose seguido para ello el procedimiento establecido en la Sección 2.ª, Capítulo I, Título IV de dicho texto legal, así como lo dispuesto en el Reglamento del Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias, aprobado por el Decreto 118/2001, de 14 de mayo, y en el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, aprobado por el Decreto 111/2004, de 29 de julio.

Segundo.- El artículo 1 de la Ley de Patrimonio Cultural de Canarias manifiesta que tiene por objeto establecer el régimen jurídico del patrimonio cultural de Canarias y establece entre sus finalidades las de garantizar su identificación, protección, recuperación, conservación, acrecentamiento, difusión y fomento, así como su investigación, valorización y transmisión a generaciones futuras, de forma que sirva a la ciudadanía como una herramienta de cohesión social, desarrollo sostenible y fundamento de la identidad cultural.

De conformidad con el artículo 2.2 de la citada Ley, el patrimonio cultural de Canarias está constituido por bienes muebles, inmuebles y manifestaciones inmateriales de las poblaciones aborígenes de Canarias, de la cultura popular y tradicional, que tengan valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, etnográfico, bibliográfico, documental, lingüístico, paisajístico, industrial, científico, técnico o de cualquier otra naturaleza cultural, cualquiera que sea su titularidad y régimen jurídico.

Tercero.- El artículo 3.1.c) de la Ley 11/2029, de 25 de abril, define el patrimonio cultural inmaterial como el correspondiente a los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas de las poblaciones aborígenes de Canarias, de la cultura popular y tradicional, que las comunidades, grupos y, en algunos casos, individuos reconozcan como parte integrante del patrimonio cultural de Canarias.

Este concepto lo desarrolla en su artículo 106, considerando, a título enunciativo y no limitativo, en su apartados: “c) Las manifestaciones festivas, competitivas, gastronómicas, lúdicas y recreativas, así como sus representaciones tradicionales y populares, con sus correspondientes instrumentos, útiles y complementos (...).

d) Los conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo”.

La protección de los bienes que integran el patrimonio inmaterial mediante su inclusión en alguno de los instrumentos previstos en la propia Ley se contempla en el artículo 108.

Cuarto.- Los bienes de interés cultural constituyen el primero de los niveles de protección previstos en el artículo 9 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, que contempla que se declaran de este nivel aquellos bienes muebles, inmuebles e inmateriales mas sobresalientes de valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, etnográfico, bibliográfico, documental, lingüístico, paisajístico, industrial, científico o técnico o de naturaleza cultural, así como los que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria. De acuerdo al régimen general de los bienes de interés cultural regulado en su artículo 22, esta declaración implica el establecimiento de un régimen singular de protección y tutela.

Quinto.- Se propone incluir “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura” en la categoría de clasificación prevista en el artículo 25, apartado e), “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, en consonancia con el carácter de bien cultural inmaterial/uso relacionado con la naturaleza.

El ámbito insular viene determinado por su arraigo concreto en los municipios de Antigua, Betancuria, Puerto del Rosario y Pájara de la isla de Fuerteventura. Según lo dispuesto en el artículo 16.a) de la Ley 11/2019, de 25 de abril, corresponde a los Cabildos Insulares incoar e instruir los procedimientos de declaración de bien de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su resolución.

Sexto.- De acuerdo con el artículo 31.1 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, “el procedimiento para la declaración de bien de interés cultural deberá resolverse y notificarse en el plazo máximo de veinticuatro meses desde el inicio del procedimiento, sin perjuicio del plazo de suspensión del procedimiento previsto en la legislación de procedimiento administrativo común”. En su virtud, el artículo 22.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que el plazo para resolver el procedimiento puede suspenderse por el tiempo que medie entre la petición y la recepción de los informes preceptivos, que no podrá exceder en ningún caso de tres meses.

En este sentido, el artículo 18.b) del Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, aprobado por Decreto 111/2004, de 29 de julio, establece que efectivamente se suspenderá en este procedimiento especial, “Cuando deban solicitarse informes que resulten preceptivos y determinantes del contenido de la resolución a órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe, que igualmente será comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses”. De acuerdo con lo dispuesto, el plazo de 24 meses para resolver el procedimiento quedó suspendido en dos ocasiones:

- La primera suspensión del plazo de resolución del procedimiento se produjo en virtud de la obligación de recabar al menos dos informes de instituciones consultivas, conforme al artículo 21 de la Ley 11/2019, de 25 de abril. En este caso, se solicitaron informes a varias entidades, tomándose en consideración para el cómputo del plazo los emitidos por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) y la Universidad de La Laguna (ULL), al ser los primeros en recibirse. Dichos informes fueron solicitados el 24 de octubre de 2022 y emitidos el 11 de noviembre de 2022 (ULPGC) y el 18 de enero de 2023 (ULL), respectivamente, lo que conllevó la suspensión del procedimiento por un periodo de 86 días.

- La segunda suspensión tuvo lugar conforme a lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley 11/2019, que establece que la solicitud del informe preceptivo al CPCC suspende el plazo de resolución del procedimiento hasta la recepción del mismo. En este sentido, el expediente recoge las certificación relativa a la celebración de la Ponencia Técnica de Patrimonio Arqueológico, Etnográfico y Paleontológico, que tuvo lugar el 21 de marzo de 2024, en la que se emitió dictamen favorable y se acordó elevar el expediente al CPCC, quien emitió el informe preceptivo favorable en su sesión del 24 de abril de 2024, es decir, 34 días después. En consecuencia, el plazo máximo de 24 meses para la resolución del procedimiento quedó suspendido en dos periodos:

- 86 días, desde la solicitud de los informes preceptivos a las universidades consultivas hasta la recepción del último de ellos.

- 34 días, desde la solicitud del informe al CPCC hasta su emisión.

Por tanto, el periodo total de suspensión asciende a 120 días, lo que determina que el plazo de caducidad del procedimiento vencerá el martes 11 de febrero de 2025.

Séptimo.- Conforme a lo dispuesto en el apartado primero del artículo 32 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, la declaración de un Bien de Interés Cultural se realizará mediante Decreto del Gobierno de Canarias, a propuesta de la persona titular del departamento de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de patrimonio cultural y previo informe favorable del Consejo del Patrimonio Cultural de Canarias.

Por su parte, el apartado segundo del mismo artículo establece que dicho Decreto deberá contener, al menos, la descripción del bien, y el apartado tercero determina que cuando la declaración se refiera a bienes inmateriales deberá precisar los elementos esenciales cuya alteración supondría un menoscabo de los valores que motivaron aquella, con el objeto de permitir la evolución natural de este tipo de manifestaciones.

Asimismo, el apartado cuarto del citado precepto legal establece que el decreto por el que se declare un Bien de Interés Cultural se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se comunicará a las personas interesadas y a las administraciones públicas competentes por razón del territorio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, visto el informe favorable del Consejo del Patrimonio Cultural de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 3 de febrero de 2025,

DISPONGO:

Único.- Declarar Bien de Interés Cultural Inmaterial, con la categoría de “conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”, a favor de “Las Apañadas de ganado de costa de Fuerteventura”, según la descripción y los elementos esenciales que se contienen en los Anexos I, II, III, IV y V.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 3 de febrero de 2025.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.

ANEXO I

MEMORIA

DENOMINACIÓN: Las apañadas de ganado de costa de Fuerteventura.

CATEGORÍA: Bien de Interés Cultural Inmaterial, con clasificación de “Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, el cielo y la mar”.

A FAVOR DE: Las apañadas de ganado de costa de Fuerteventura.

ISLA: Fuerteventura.

LAS APAÑADAS DE GANADO DE COSTA DE LA ISLA DE FUERTEVENTURA.

Introducción.

El término apañada designa en Canarias, tal y como lo recoge la Academia Canaria de la Lengua, la: “acción de recoger el ganado cabrío de suelta e ir encerrándolo en la gambuesa. Tal operación, que se realiza con periodicidad irregular, tiene sobre todo por finalidad marcar el ganado guanil y recoger algunas de las mejores cabezas para incorporarlas a las manadas que están al cuidado de los pastores”.

Esta práctica, que se ha venido desarrollando de forma secular en las diferentes islas, ha alcanzado en Fuerteventura una especial consideración como una de las tradiciones culturales más arraigadas y representativas del patrimonio cultural majorero.

1. Descripción de la apañada.

La apañada es una actividad pastoril, posiblemente heredada de los aborígenes, que consiste en recoger, cada cierto tiempo, que puede ser una vez al mes, el ganado de costa, salvaje o guanil, diseminado por valles, planicies y montañas y reunirlos en las gambuesas que son unos corrales con muros altos, situadas preferentemente en zonas de barrancos y valles.

Existe un comisionado de costa que es el que organiza las apañadas. Este convoca a los pastores para que antes del amanecer se sitúen en los puntos convenientes para comenzar la apañada, que suelen ser en las cabeceras de barrancos y los filos de montañas que delimitan la costa que se va a apañar. Los pastores deben ir provistos de perros y latas. Poco a poco van “tocando a los animales” y entre gritos van ajotando a los perros para que las cabras huyan hacia el lugar donde se encuentra la gambuesa. Los pastores van cerrando el cerco y las cabras se van concentrando en un tablero de buena visibilidad y se recogen los perros para que dejen de espantar a las cabras; se cierra más el cerco y como única salida se les deja la entrada a la gambuesa; todas las cabras van pasando al amplio corral. Una vez juntado los animales en la gambuesa, se procedía al castrado de los baifos para su engorde, devolviéndolos a su madre. Se seleccionan las reses destinadas al aprovisionamiento cárnico, así como algunos ejemplares que integrarían los rebaños familiares como productoras de leche.

La tradición de las apañadas posee igualmente una serie de normas consuetudinarias generadas alrededor de esta actividad, donde dichas normas, conductas, creencias y la forma de organización y gestión del territorio son el componente esencial que ha permitido el desarrollo de la ganadería de la cabra de costa desde tiempos históricos hasta la actualidad.

2. El ganado de costa salvaje o guanil.

El ganado de costa es denominado así porque son animales que gozan de un régimen de absoluta libertad, sin la vigilancia del pastor y que son soltados en terrenos comunales denominados “costas ganaderas”, para que pastaran libremente. Están formados por aquellos animales que el pastor no quiere en su rebaño doméstico porque le son poco productivos, como son las cabras viejas, machorras, machos, etc.

Los pastores sueltan a estos animales en las costas marcadas, con las marcas que identifican la propiedad de que cada pastor. El ganado que no tiene marcas de su dueño se denomina guanil o salvaje, y son por lo general los baifos (cría de la cabra) que han nacido en libertad en las costas y no han sido marcados con la marca identificativa del pastor.

3. Referencias históricas.

Desde tiempos inmemoriales la actividad ganadera en la isla de Fuerteventura ha sido una de las principales fuentes de sustento de sus habitantes, siendo la cabra el animal mejor adaptado a las exigentes condiciones climáticas de la isla. La imposibilidad de mantener un ganado estabulado debido a la escasez de alimentos produjo la suelta de cabras en las denominadas zonas de “costa”, lo cual ha dado lugar a una de las tradiciones ganaderas más importante a lo largo de la historia como son las apañadas.

Desde esta perspectiva, la ganadería de la cabra de costa fue un medio esencial para el sustento de los antiguos pobladores de la isla, proveyéndolos de carne, leche, pieles y derivados que fueron igualmente utilizados para el intercambio de otros productos.

Por todo ello, el carácter etnográfico de las apañadas es sin duda un rasgo identificativo de gran valor histórico para la sociedad y cultura majorera.

Los bienes materiales e inmateriales asociados a esta actividad ganadera desarrollada a lo largo de los siglos hunden sus raíces en los antiguos pobladores de Fuerteventura. Testigo de ello son las inmensas paredes y gambuesas salpicadas por toda la geografía insular que siguen siendo utilizadas hasta la actualidad. Los diversos estudios antropológicos realizados sobre esta actividad muestran cómo alrededor de la misma se ha generado una serie de normas, conductas, creencias y una forma de organización y gestión del territorio que han sido vitales para el desarrollo de la ganadería de la cabra de costa hasta llegar a nuestros días.

Las noticias aportadas por los cronistas sobre la ganadería en Fuerteventura, así como la abundancia de restos óseos de animales encontrados en su mayoría en los yacimientos arqueológicos de la isla, demuestran que la ganadería constituyó una actividad económica importante de los antiguos majoreros. Este proceso de especialización ganadera se convertirá en un fenómeno prolongado de adaptación en el que incide la tradición cultural y las vicisitudes medioambientales.

Para el historiador José Carlos Cabrera Pérez, “El desmesurado crecimiento de la cabaña ganadera en Fuerteventura representó un obstáculo adicional a la viabilidad del cultivo. La fórmula de pastoreo, basada en la suelta del ganado, y los miles de ejemplares que trataban de obtener alimento a partir de la flora insular, suscitaron una agresión potencial contra la agricultura…”.

Las cifras de ganado recogidas para la isla en la crónica normanda Le Canarien muestra, según algunos autores, una exagerada cabaña ganadera que estaría muy por encima de las posibilidades del territorio, sus recursos y capacidad de la población para controlarlas y vigilarlas; “…de las cuales todo el país está lleno, más que ninguna de las demás islas; y cada año se podrían coger 60.000 cabras”.

A este respecto, destaca la descripciones de L. Torriani el cual reseña lo siguiente; “…de una relación hecha por gente principal de la isla resulta que tiene 60 mil cabras y ovejas juntas, 4 mil camellos, 4 mil burros, 1.500 vacas y 150 caballos de monta…de modo que esta tiene más de 70 mil cabezas de ganado salvaje”.

Estas cifras aportadas por las cronistas en el siglo XV, según Cabrera, muestran una densidad caprina que estaría entre los 17 animales/km² y los 35 animales/km², muy superior a la capacidad que podría tener la población para su sostenimiento en un territorio reducido y con pocos recursos como el majorero. Sea como fuere, las fuentes literarias posteriores y la abundancia de restos de ovicápridos en los yacimientos confirman la importancia de dicha actividad para los habitantes de la isla. Sin embargo, teniendo en cuenta los rasgos característicos de sociedades actuales pastoriles, cuya dinámica podría ser aplicada antropológicamente a la etapa preeuropea de la isla, es posible que las antiguas poblaciones de la isla adoptaran estrategias de intensificación pastoril acompañadas de incrementos desmesurados de la cabaña ganadera como medio de almacenaje ante fluctuaciones derivadas de la escasez de lluvias y prolongadas sequías.

A tenor de las aportaciones de las fuentes literarias relativas a la importancia y calidad de la cabra de costa, destaca el relato de Abreu Galindo, el cual hacía la siguiente referencia al ganado en Fuerteventura. “El ganado de esta isla de Fuerteventura es el más sabroso de todas las islas; el cual anda suelto por toda la isla; y cuando querían tomar algún ganado, se juntaban y hacían apañadas que llamaban gambuesas”.

Hacia finales del siglo XVII como consecuencia de una prolongada sequía se produce una disminución de la cabaña ganadera; “…la cuantía de ganado oscilaba entre las 25 mil cabezas en un año considerado catastrófico hasta las 50 mil en los años favorables”. Como se ha apuntado anteriormente, la extensa cabaña ganadera de la isla en época histórica estaba destinada al abastecimiento interno de la población y a la exportación de carne, quesos y pieles al resto del Archipiélago. Sin embargo, en el periodo indígena la producción estaría destinada a la subsistencia de la propia población, la cual llevaría a cabo un proceso de especialización e intensificación pastoril sujeta a las fluctuaciones cíclicas. “La conversión de unos excedentes impredecibles en reserva viva permite usarlos no solo como alimentos sino para intercambios recíprocos que generan obligaciones mutuas entre unidades familiares y conceden más eficacia al reparto de los recursos durante los años malos”.

Teniendo en cuenta todo lo anteriormente descrito y partiendo del binomio población- territorio, las apañadas permitirían un equilibrio en el número de cabezas de ganado que repercutirían en la densidad de población humana insular, así como los periodos de escasez.

“Desconocemos cómo funciona el sistema de apañadas en la época aborigen, siendo factible que el que se ha desarrollado en etapas posteriores a la conquista se nutra fundamentalmente de este, coexistiendo una derivación de la cultura de los majos”.

Por otro lado, habría que destacar que dicha especialización y abundancia ganadera basada en especies caprina y ovina provocará a lo largo de los siglos tensiones entre ganaderos y agricultores, así como un carácter nocivo sobre un entorno, caracterizado por escasas precipitaciones y largos periodos de sequía. En cuanto a las apañadas que se pueden considerar como históricas o que parecen tener una importante repercusión en la actividad socioeconómica de la isla, hay que reseñar algunos ejemplos recogidos en el libro: Acuerdos del Cabildo de Fuerteventura (1605-1700), por Roberto Roldán Verdejo y Candelaria Delgado González.

Uno de los motivos más habituales para la realización de las apañadas era el reunir e identificar el ganado guanil.

“[…] Por haber muchos animales guaniles, con lo que hay confusión, mandan que todos los vecinos tengan sus animales marcados en 15 días, y de no hacerlo, se harán apañadas y lo que se hallare guanil será propio de Cabildo”. Legajo 2, f.218, 16 de marzo 1637. Villa de Betancuria.

Otra de las cuestiones importantes en cuanto a la realización de las apañadas está relacionada con el marcaje de los animales.

“[…] Siendo costumbre inmemorial hacer registro de las marcas (de ganado), y como de un tiempo a esta parte se han registrado muchas marcas nuevas, sin haber fiel nombrado para el registro, con daño de las marcas viejas, acordaron dar por nulas todas las registradas sin fiel nombrado por este Cabildo. Se nombra por fiel a Melchor Pérez Senabria, quien jurará el cargo y cobrará 3 cuartos por marca a costa del dueño. Se pregonará”.

“[…] Acordaron, por cuanto en la apañada de Guise y Taca algunos vecinos marcaron las reses sin asistencia del regidor y veedor, se condenen a las penas en que han incurrido”.

La constancia sobre apañadas realizadas en el siglo XVI y XVII no hace referencia exclusivamente a la realización de apañadas de ganado caprino. Algunos de los acuerdos del Cabildo destacan las apañadas de camellos, burros y vacas.

“[…] Acordaron se haga apañada de las camellas, por los daños que hacen en vegas y sembrados y para que se vean las contramarcadas y guaniles y se entreguen a sus dueños”. Con motivo del cobro del herrete por parte del Cabildo de la isla, el cual consistía en el cobro de cierta cantidad por cuero u otra res que se exportaba o se ponía a secar en las tenerías, como derecho por el marcaje que para identificación hacía el herreteador oficial del Cabildo destaca el siguiente acuerdo:

“[…] Yten se acordó que, atento que Bartolomé Pérez León, fiador del banquero, a dado petición en este cabildo de la resistencia que el ganado vacuno le hace y que por fuerza le toman la vega y panes del valle y vega de Santa Ynés y no le puede resistirles, acordaron que el dicho Bartolomé Pérez apañe y haga apañar el ganado vacuno de toda la isla mayor y menor, manzso y serrero, sin reservar res nenguna y nadie se las enpida ni estorve, so pena de diez reales al que se lo estorvare y seis días presión , la qual apañada y junta haga el dicho Bartolomé Pérez en el coral Desquey, para el lunes próximo venidero, que se contarán seis días desde mes presente y año, para que de allí las lleven y saquen sus dueños y guarden a mano, de manera que no hagan daño en los panes ni vegas…de la puesta y publicada por la justicia sobre la dicha razón”.

4. Costas ganaderas.

La costa son terrenos comunales o del mancomún de los vecinos, cercanas a la costa del mar. Son tierras improductivas para el cultivo y por eso son zonas de pasto para el ganado.

Según los datos aportados por el abogado Juan Pedro Martín Luzardo en su estudio sobre los Bienes Comunales en Fuerteventura, las tierras del mancomún o costas ganaderas en cada uno de los municipios son las siguientes:

a) Antigua: el mancomún de Antigua representa el 15,8% del territorio municipal y el 2,4 del insular, con una superficie de 8.962 ha aunque en sus orígenes es probable que no fuera inferior a 14.962 ha. “Si bien registralmente la superficie hoy en día de la finca comunal de Antigua es de 3.958 hectáreas, a nivel catastral es superior a las 8.000 hectáreas, distribuidas en varias fincas, entre las que destacan la del Valle de Pozo Negro (13.132.037 m²), Jacomar (14.050.950 m²), Los Halcones (9.265.200 m²), Solana (13.687.999 m²) y Malpaís Chico (7.455.830 m²)…”.

b) Betancuria: el mancomún de Betancuria abarca el 29,20% del término municipal y el 1,8% de la superficie insular. “linda al naciente, partiendo de la Degollada del Viento por el espigón del lomo abajo al barranquillo del Valle de la Fuente, a dar al barranco de la Peña de Amachase, saliendo de este a dar al barranquillo arriba de Grano de Oro, al morro de Garrias (Gramán), a la pared del cuchillo que llaman Ajaney (Janey), a dar donde dicen la Torrecilla de Antón Pical (Torrecilla Chica); por el norte, con terrenos de las Capellanías denominadas Campo Viejo y Cigarrón a parar donde llaman el Junquillo, inmediato al Cangrejito; por el poniente, el mar, y por el sur, Cortijo de Muriaje (Muriage, Munage) a la pared, o se cuchillo de dichas Galgas, a terminar en la citada Degollada del Viento”.

c) Puerto del Rosario: “La finca comunal de Puerto del Rosario, conocida como término, y también conocida como Salinas y Jarugo o simplemente La Costa […], linda al naciente, con el alto del Morro de Las Tabaibas, al alto de Morro del Sol, al barranquillo que baja del Corral de la Degollada […], la vereda que sale de La Laguna para la Mareta del Llano a lo alto del Morro del Sise Claudio…(en la ladera norte de Morro de las Ovejas, al noreste de Las Parcelas), norte, Rosa Nueva, barranco del Jarugo, pared del coto de D. José Marichal…por la parte norte, morro Colorado (al este del Malpaís Delgado), Rosa de Guiniguín (Ganeguín), alto del morro de la Cochina y de allí al mar; poniente, riberas del mar y sur, barranco de los Mozos al barranquillo de Agua Fría, alto del Morro de la Cueva, hasta cerrar con el primer lindero”.

d) Pájara: atendiendo a lo recogido en el Registro de la Propiedad, el mancomún de Pájara se describe de la siguiente manera: “Este, desde la Playa del Valle de Tisajoray, barranco arriba a la Degollada de la Herradura, a la pared de la cerca de la Tamaretilla, al alto de la parte sur de la montaña de Cardones” (Montaña Cardón), “en línea recta al Esquén Viejo de las Hermosas, al Trajal de D. Fernando” (al Oeste de la montaña de Areguía), “siguiendo la vereda que de Pájara conduce a Jandía, hasta el pie del Saladillo; de la Degollada del Hoyo al barranco de los Juntegues, pasando por el oeste de la cerca de Amuley confinando con ella, y de aquí, en línea recta, al barranquillo y cabezada de la Majada de las Veredas, siguiendo el filo arriba al alto de la montaña de Tresalas” (montaña de Entresalas, en la toponimia oficial), “bajando por el filo que divide este valle de Fayagua hasta llegar al morro de la Huesa, bajando por el lomo que se encuentra al oeste del Valle Largo de Tresalas, al llegar al barranco de Tresalas, siguiendo el barranco arriba que baja de Machín y entrando por el que baja de la Cañada de la Mareta hasta la pared que confina con la mareta de Abiase; desde aquí, pasando por el oeste de la casa y finca de D. Andrés Montesdeoca, en línea recta al barranco que baja del Esquensillo, siguiendo la pared de la cerca de la boca del Vallito de Ayamás, a empalmar con el barranco que baja de Pájara; oeste, ribera del mar Pared de la Dehesa de Jandía; norte, barranco que baja de Pájara y Río de Palmas, y de este pasando por la parte del primer huerto o cercado que se encuentra a la izquierda del barranco bajando y terrenos que pertenecen a D. Pedro Brito Alfaro y los herederos de D. Antonio José de Soto. Y sur, la expresada Pared de Jandía, casa y horno que dicen ser de D. Baldomero Martínez y D. Sebastián Cabrera, playa del Puerto de Matas Blancas, riberas del mar, playa del Puertito y Tarajal de Sancho, a su primer lindero, playa de Tisajorey”. El mancomún tendría una superficie de 11.155 hectáreas.

e) Tuineje: los bienes comunales de Tuineje al contrario que los de Pájara, se repartieron en un primer momento entre los vecinos a finales del siglo XIX, sin tenerlos inscritos, y cincuenta y ocho años después se inscribieron los restos que sobraron del reparto en distintos lotes. Todos los terrenos comunales se delimitaban por exclusión y empezaban donde terminaban las rayas de las vegas hasta llegar al mar. “Por el costado de la raya de Pájara” (aquí el término “raya” hace referencia a la línea divisoria de término jurisdiccional) “o poniente: playa del barranco de Tesijorey y a la Degollada de dicho Valle, a la de la Herradura, Cuchillo de Monte Agudo (también cuchillo Negro), al pozo de Cardón. Límites del término con las vegas de Tuineje-Tiscamanita “empezando en el límite que divide a Pájara, cuchillo de Monte Agudo por la parte norte, línea recta al Lomo de los Piñeros” (Lomo Piñero en toponimia oficial) “a la Pasadera de Tamaretilla, pared arriba en dirección al tablero de Francisco Pérez” (al poniente de las montañetas de Marcos Sánchez), “a la cerca que llaman de D. Tomás de Aquino, siguiendo la dirección de la pared a la cerca de las Ajulagas el Cerco Viejo de San José, al mojón de Tirva (Tirba), “línea recta al medio de Lomo del Hurón, al camino de Jandía, camino adelante hasta llegar en línea recta a la mina de Diego Alonso” (al norte de la montañeta de la Ermita, “a la Casa Nueva, línea recta al pico de la Montañeta el Mulato, en la misma dirección al pico de la Montañeta de la Leña (al poniente de las Lomas de los Alguaciles), “a la gambuesa del lomo del camino que baja de la Florida, al lomito del medio”, (o morrete del Becerro o morrete del Calvario) “línea recta al barranco de Las Lajas de Esquén, siguiendo el otro barranco” (suponemos que se refiere al barranco de los Nateros, o tal vez al de las Rositas), al camino de Giniginamar en la Degolladita del Llanito de los Jalares por el centro del tablero, camino debajo de la junta de los barrancos de Juan Gopar, el frontón del tablero del Aceitún, al camino de otro tablero arriba a rendir al Corral del Consejo de la Casilla Blanca, cambiando hacia el este a la piedra del Tío Rodríguez, a las Casillas de Tabordo, corral enlajado al frontón del Guirre, el toscón del Lomo del Potro, al frontón de la Mata cantil arriba, a la pared de dicha Mata, línea recta a la Degolladita por el poniente de la Rosa Negra, al faldar de la Caldera del Malpaís de Lesque, al corral de los Asnos, al morrete del Cuchillete, al norte de la caldera de las Lirias (Caldera de Lidia), “a cerrar a la pared de la Roseta, lindando con el cortijo del Vínculo” (al pie, por el sur, de la Caldera de La Laguna), “orilla arriba a la Rosa de las Cañas, a La Laguna de las Mujeres, siguiendo la pared de dicha Laguna por la parte sur, hasta tropezar con el linde de la jurisdicción de Antigua”.

f) La Oliva: el mancomún de La Oliva representaba el 0,40% del término municipal y el 0,08% del total insular. “Conforme al Inventario de Bienes del Ayuntamiento de La Oliva de 1945, este municipio declaró como común de vecinos el 18 de marzo de 1879, una finca denominada “Malpaís Blanco de La Oliva”, caserío de Villaverde, destinado a pastos de aprovechamiento comunal, con una cabida de 141 hectáreas, 47 áreas, 16 centiáreas y linda, al naciente, Rincón de Cuba y coto de D. Salvador Guerra; norte, merced de Tisajoyre y Lajal de Boney, poniente, cortijo de los Negrines y sur, finca de D. Salvador Guerra y otros particulares, invocado como título la posesión inmemorial por los vecinos del pueblo”.

g) La Dehesa de Jandía: la ganadería de costa en la Dehesa de Jandía, siempre se ha desarrollado en terrenos privados gestionados por los dueños o arrendatarios que durante mucho tiempo impusieron un régimen de “medias a los ganaderos de la zona. “En el pasado, Jandía poseía zonas muy ricas en pastos, lo que supuso un reclamo para los ganaderos del resto de la isla, que se trasladaban temporadas a estas zonas para que su ganado pudiera pastar, previo acuerdo con los dueños de la Dehesa.”.

En la actualidad, los municipios en los que se realizan apañadas son los de Antigua, Betancuria, Puerto del Rosario y Pájara, y es administrada por cada uno de los ayuntamientos a través de una Ordenanza Reguladora del Bien Comunal.

5. Normas consuetudinarias y organización de las apañadas.

5.1. Los Comisionados.

El comisionado es la máxima autoridad, supervisada por el concejal delegado de ganadería y alcalde del ayuntamiento, de las zonas de mancomún o privadas destinadas al ganado de costa. Existen comisionados en los municipios de Antigua, Betancuria, Pájara, Puerto del Rosario y Tuineje. La enorme extensión de la zona comunal de Antigua está gestionada por dos comisionados.

El comisionado, elegido por los ganaderos del municipio y refrendado por el alcalde que le otorga “credencial” para desempeñar el puesto, debe tener una serie de habilidades personales en cuanto a resolución de conflictos y amplia experiencia y conocimiento, sobre el animal, el territorio y las marcas. Su figura y sus decisiones son respetadas por todos los ganaderos. Entre sus funciones está:

a) Velar porque el ganado de costa siempre disponga de agua y comida, ya sea por recursos existentes (fuentes y pastos) o complementarios (millo y depósitos de agua).

b) Organizar la limpieza de las fuentes evitando así la aparición de parásitos que perjudiquen al ganado.

c) Recaudar dinero de entre los ganaderos, en función del número de cabeza que posea cada uno, para la compra de comida (millo) para los animales en los años de escasez de lluvias y por tanto de pastos.

d) Nombrar, organizar y controlar las apañadas.

e) Organizar el mantenimiento y conservación de la costa (colocación de nuevos vallados, captura de perros dañinos al ganado, identificación del ganado que ocasione daños…).

f) Control de acceso y actuación de cualquier persona dentro de la costa.

g) Informar al Ayuntamiento de cualquier infracción que se ocasione en la zona de costa o desobediencia continuada de algún ganadero.

h) El comisionado también podía elegir el “delantero o lantrero” (labor de un pastor dedicado a evitar que las cabras causen daños sobre todo en las zonas de cultivo), cuya frecuencia para la realización de esta labor dependía del ganado que disponía cada ganadero. Otra forma de elección del “delantero” podía ser por mutuo acuerdo entre comisionado y ganaderos para la elección de un pastor fijo remunerado con el dinero recaudado por el comisionado o por la subasta del ganado guanil.

5.2. Organización de la apañada.

La organización de las apañadas es un proceso que requiere de la implicación de todos los participantes, los cuales deben poseer un profundo conocimiento del terreno y de los hábitos de los animales. Por manera que la apañada consistía en la reunión de todos los ganados o clase de ganado señalados de una región determinada, en la gambuesas prefijadas.

Para la realización de la apañada, es indispensable la cooperación de los pastores, los cuales son dirigidos a su vez por el comisionado de la zona. Esta cooperación sigue unas normas consuetudinarias que han sido establecidas entre los pastores desde época inmemorial. Se trata de un trabajo colectivo y de coordinación entre todos los participantes que se divide en diferentes fases:

1. Indicación de la zona donde se va a desarrollar la apañada: el comisionado debe comunicar la zona donde se va a llevar a cabo la apañada y comunicar a los ganaderos el lugar, la fecha y la hora donde se va a realizar la siguiente apañada.

2. Junta: se trata del lugar de reunión establecida por el comisionado con los ganaderos a primera hora de la mañana para controlar el número de personas disponibles para la realización de la apañada.

3. Reparto: tras la junta, el comisionado elige y reparte la gente más adecuada para cada una de las zonas. Para ello, ofrece indicaciones y consejos a cada uno de los ganaderos. En ocasiones, el comisionado dispone de un “segundo”, encargado de repartir y controlar a la gente de la zona.

4. Cerco: una vez establecido el lugar para “juntar” el ganado, este es dirigido hasta el punto de encuentro en el que se va formando un cerco con el que se va dirigiendo al ganado. Los pastores que dirigen el ganado utilizan gritos, silbos, perros o piedras, para conducirlos hasta la gambuesa. En la actualidad, los ganaderos se ayudan de telas colocadas de forma estratégica a la entrada de la gambuesa hasta formar un embudo que facilite la entrada de los animales.

5.3. La gambuesa.

Las gambuesas, de probable origen preeuropeo, tienen forma más o menos circular poseyendo en su interior determinadas dependencias destinadas a la realización de distintas tareas relacionadas con la apañada tales como, marcar el ganado, castrar los baifos, apartar las cabras de un mismo dueño, etc. Dichas estructuras de gran tamaño, situadas por lo general en fondos de valles y barrancos, están conformadas por muros de piedra seca que llegan hasta los dos metros de altura con el objeto de evitar que se escape el ganado.

Existen numerosas gambuesas repartidas por todo el territorio insular y tanto J. Abreu Galindo como los Acuerdos del Cabildo del siglo XVIII proporcionan información sobre la práctica de las apañadas y la existencia de las denominadas gambuesas en la isla.

5.4. Actividades en la gambuesa.

Sobre las actividades desarrolladas en las gambuesas una vez apañado el ganado son esclarecedoras las palabras y experiencia vivida por el profesor Francisco Navarro Artíles en Fuerteventura durante los veranos de 1972 y 1973.

“…los pastores deben ir provistos de perros y de latas. Entre fusco no fusco comienzan a dar gritos y a ajotar a los perros para que las cabras huyan hacia el lugar donde se encuentra la gambuesa...”.

“En las apañadas los pastores hacen una comida común: se suele sacrificar un macho guanil, preferentemente, o una cabra guanil, que se asa, troceado, con leña de brusca y julaga”.

Las actividades desarrolladas en las gambuesas, una vez elegida la zona donde se va a apañar consisten fundamentalmente en:

a) Una vez establecido el lugar para “juntar” el ganado, este es dirigido hasta el punto de encuentro realizándose un cerco con el que se va dirigiendo al ganado con gritos, silbos, perros o piedras, hasta la gambuesa.

b) Una vez encerrado el ganado en la gambuesa, se toma un tiempo para que el ganado se tranquilice y poder observarlo.

c) Dentro de la gambuesa se procede a “apartar” el ganado, separando por un lado todas las cabras paridas y las crías, las cabras de ordeño y todas aquellas que los dueños quieran retirar de la costa por diferentes motivos. Para este fin, dicho ganado “apartado” es llevado a un corral más pequeño dentro de la gambuesa, el resto es de nuevo soltado. El “apartado” de ganado es una tarea realizada por dos personas designadas por el comisionado por su experiencia. El resto de ganaderos van arrimando “tandas” ayudando a los que están “apartando”.

d) Otra de las tareas realizadas en la gambuesa es la de “ahijar”, la cual consiste en observar que cría pertenece a cada cabra y por tanto a que ganadero para posteriormente ser marcada.

e) Ordeño: las cabras con leche “deshijadas” o que la cría solo mama de un lado de la ubre se ordeñan en las apañadas para evitar posibles lesiones.

f) Marcar: las crías identificadas son marcadas por cada ganadero con su marca correspondiente. En algunas zonas donde el ganadero no acude a la apañada se toma la decisión de no marcar la cría, soltándola nuevamente como guanil.

g) Machos: en las apañadas también se retiran algunos machos como carne o para caparlos con el objeto de mantener la calidad de la raza. Los que vuelven a la costa son los más llamativos para poder divisarlos desde la lejanía.

h) Suelta: una vez marcado el ganado este es de nuevo soltado junto con el guanil, que no tiene marcas y se desconoce su dueño. La cantidad de ganado guanil varía de una zona a otra, siendo mayor su número en aquellas zonas donde es más complicado de agrupar para los apañadores.

i) Sacrificio de un macho o cabra guanil que se asa in situ y se comparte con todos los pastores asistentes a la apañada.

5.5. Los pastores.

Los pastores son una de las piezas clave en la realización de las apañadas. No solo deben seguir las indicaciones del comisionado en cuanto a la organización y funcionamiento de esta, sino también tienen la responsabilidad del cuidado, marcaje y bienestar del ganado. Entre sus tareas destacan igualmente el mantenimiento de las paredes que limitaban el acceso de los animales a las fincas y los huertos, tratándose de un trabajo comunal que consiste en recorrer las paredes para levantar los “portillos” o reparar roturas de las mismas. Otra de las tareas importantes que deben realizar según las indicaciones del comisionado, es la limpieza de las fuentes o lugares donde abreva el ganado.

5.6. Los vigilantes del ganado.

El aumento de los terrenos destinados a la agricultura en detrimento del espacio destinado al pasto del ganado trajo consigo frecuentes tensiones entre ganaderos y agricultores de la isla. Ejemplo de ello lo podemos encontrar en el acta del Cabildo de 26 de diciembre de 1826 ordenando que los ganados no invadieran las vegas.

“…En este estado el Procurador Síndico Personero General expone que sin embargo de las repetidas circulares y auto de buen gobierno expedidos por el Señor Presidente, y conminación de multas en ellos impuestas, además de los varios artículos que contiene, con especialidad y en la presente época la del retiro de toda especie de animales a las costas y términos de su destino, las del uso de la labranza con pastores suficientes, en los puestos que no causen agravio, y para aquellos que los criadores pongan delanteras suficientes; esto no se observa en varios lugares de la isla, causando graves perjuicios a los sembrados, y desobedeciendo absolutamente los mandatos del señor Presidente…”.

Atendiendo a lo recogido en este Acuerdo del Cabildo de 26 de diciembre de 1826, se puede observar que una de las tareas fundamentales que tenían los ganaderos, la cual era normalmente organizada por el comisionado, era la elección del “delantero o lantrero” (labor de un pastor dedicado a evitar que las cabras causen daños sobre todo en las zonas de cultivo), cuya frecuencia para la realización de esta labor dependía del ganado que disponía cada ganadero. Otra forma de elección del “delantero” podía ser por mutuo acuerdo entre comisionado y ganaderos para la elección de un pastor fijo remunerado con el dinero recaudado por el comisionado o por la subasta del ganado guanil. En general, a cada ganadero le correspondía hacer el turno durante un día.

5.7. Los perros.

El perro es un animal indispensable en las apañadas. El perro bardino ha sido el tradicionalmente utilizado por los pastores, aunque en la actualidad se utilizan otras razas para las labores de pastoreo y apañadas. La educación desde cachorros es fundamental para que estos obedezcan las órdenes y señas del pastor a la hora de tratar con el ganado. En las apañadas, en los casos en el que el ganado queda fuera del alcance del pastor, este envía a su perro a través de señas con el objeto de atajar el ganado que se desvía o trata de escapar del rebaño. Habitualmente los pastores tienen más de un perro para este fin.

j) “…las cabras tenían que cruzar la carretera. Me costó mucho aprenderlo: las ayudas continuas de Valentín y sus indicaciones prácticas hicieron que yo solo alcanzara a que las cabras cruzaran la carretera: En realidad yo, solo, no: la operación salía con éxito gracias al continuado auxilio de alguien que de esto sabía mucho más que yo: el perro bardino. Él olía los coches antes de que yo los viera; él sabía que cabras intentarían cruzar antes de que el coche viniera y qué otras pensaban esperar a que el coche pasara; él conocía a las cabras que eran tontas y atolondradas; él sabía que cabras apresuraría el paso solo con una mirada hosca, y que otras cabras, un tanto enemigas de todo poder establecido, tenía que morder en las corvas para que cruzaran deprisa. Mucho aprendí con Valentín, mi maestro pastor; pero debo confesar que nunca llegué a aprender la ciencia pragmática y la visión panorámica y sintética de nuestro perro bardino”.

En definitiva, el perro bardino procura que las cabras no se alejen del grupo, se coman las higueras, se metan en terrenos cercados o corneen a una compañera.

5.8. La lata.

De entre los elementos materiales utilizados por el pastor en las apañadas o para la actividad diaria destaca el palo o garrote, el cual permite sortear los terrenos más abruptos facilitando con ello el descenso. Otra de las funciones de la lata es la de “atajar” el ganado y atrapar a los baifos que tratan de huir. El tamaño de la lata varía en función del uso y el terreno para el que se destina, diferenciando: las “latas de camino”, de menor tamaño y peso destinadas a las labores de pastoreo diarias, y las “latas” de mayor tamaño (2-3 m), utilizadas principalmente para las apañadas. El manejo de la lata requiere de una gran habilidad y experiencia, por lo que los pastores no aconsejan su uso a personas inexpertas ya que pueden poner en riesgo su vida.

Una de las características más importantes de la lata es el material con el que se realizaban las mismas. En Fuerteventura la madera utilizada tradicionalmente es la de tarajal a la que los pastores le confieren cualidades excepcionales como la resistencia, el no astillado ni lascado y una “frescura” que no quema la mano. La elaboración de la propia lata comenzaba con el mantenimiento del propio tarajal, el cual era podado con regularidad para que la vara creciera con fuerza y lo más recta posible. Una vez alcanzado el tamaño deseado se corta y se trata hasta convertirlo en una lata. Uno de los procesos más habituales para mantenerlo recto y evitar la “camba” es someterlo a un proceso de calor con cebo de animal, normalmente carnero, el cual ablanda la madera y permite que se le dé forma con un tubo o depositando pesos encima del mismo con el fin de mantenerla recta. Una vez enderezado, se lija para alisarlo y así conseguir el grosor deseado. Finalmente, se colocan en los extremos una argolla y una punta de acero conocida como “puyón” que sirven para poder clavarla en el suelo.

En la actualidad, teniendo en cuenta la prohibición de cortar tarajales, se elaboran latas con materiales sintéticos más ligeros.

5.9. El sombrero.

La función del sombrero aparte de proteger del sol al pastor, es el de ser utilizado igualmente para atajar y espantar al ganado que trata de escabullirse. Algunos pastores lanzan el sombrero con tal destreza para que el animal “vire” para atrás que son considerados unos verdaderos maestros de la técnica.

5.10. Las marcas de ganado.

Las marcas del ganado, trasmitidas de generación en generación, son el sistema tradicional que permitía y permite diferenciar la propiedad del ganado. La abundancia de ganado menor, la obligada trashumancia, las tensiones entre ganaderos y agricultores o las reiteradas transacciones entre los propietarios, además de las habituales incautaciones por deudas o donaciones, implicaron la propia existencia de marcas o señales identificatorias en los ganados, ya usadas desde las primeras civilizaciones, como medio de singularizar la propiedad de cada res. La obligatoriedad y registro de las marcas en los libros destinados para ello se pueden atestiguar desde el Medievo, aunque la existencia de las mismas, trasmitidas a través de generaciones tiene un origen ancestral.

Hacia mediados del s. XVIII, se contabilizaron 208 marcas en Fuerteventura, aunque estas solo son el reflejo de una parte de la isla que comprendía el llamado término de Guise ya que no hay referencias a las marcas empleadas en el área de Ayose. La mayoría de las marcas recogidas en el registro procedían de Casillas del Ángel (18%), La Oliva y Villaverde (11%), Tindaya (9%) y Ampuyenta y Tetir (7%). A su vez, las llamadas diferencias estaban presentes en el 19,2% de los registros.

Tradicionalmente, el marcaje consistía en una serie de cortes en orejas y cara del animal siendo sustituido en la actualidad por sistemas crotales y dispositivos electrónicos. La marca de cada ganadero es única para toda la isla, quedando documentada y registrada en cada ayuntamiento a través de un libro de registros que da fe de la propiedad de la misma, denominado libro de marcas.

La importancia del marcaje de los animales era imprescindible para evitar conflictos entre los ganaderos. Ejemplo de ello lo tenemos en 1626, cuando los regidores de Fuerteventura manifestaban su preocupación por el paso de vecinos de Lanzarote a la isla con sus ganados marcados de forma distinta a las conocidas por los regidores insulares. El hecho produjo la convocatoria del ayuntamiento de todos los criadores para legalizar sus marcas. En 1656 el Ayuntamiento de Fuerteventura reconocía la costumbre inmemorial de un registro de marcas que debía ser actualizado, nombrando para ello a un fiel de marcas cuya misión sería inscribirlas. La notable presencia de marcas de ganado en la sociedad de Fuerteventura registra numerosos conflictos durante la Edad Moderna y como ejemplo de ello tenemos el ocasionado en 1500 a causa de la denominada marca de Jandía. Esta confrontación surgió entre los señores territoriales de la isla y el Cabildo Catedral de Canarias, por efecto del abono de los diezmos ganaderos, los tributos deducidos de los hatos registrados en esa zona insular y con el objeto de aclarar que volumen de reses estaban comprendidas bajo las marcas denominadas vieja y nueva, ambas propiedades del señorío.

En 1731 el Cabildo de la isla establecía la obligatoriedad de realizar un padrón de la ganadería existente ante el desconocimiento del número de cabezas de ganado en la isla. Ante esta situación se nombra a dos vecinos por cada lugar para hacer una contabilidad de las cabezas existentes, de los hatos y de las marcas de cada propietario.

A lo largo de la historia de Fuerteventura el número de marcas debió oscilar según el número de vecinos, volumen del ganado y recuento del mismo. La movilidad ganadera y la fluctuación de la propiedad debieron aumentar la conflictividad en la isla debido a los propios turnos de pastoreo, el obligado suministro a la carnicería, las confusiones surgidas en la titularidad de los ganados que tomaban agua en las maretas del común, el arribo del ganado desde Lanzarote, la desidia durante años en la tenencia de registros de señales ganaderas, el remarqueo de reses o el surgimiento de nuevas señales, influyendo todos los mencionados aspectos, en la decisión de elaborar un nuevo padrón general de marcas en la isla entre septiembre de 1763 y febrero del siguiente año.

El marcaje se realiza en los corrales de los ganaderos, antes de llevar el ganado a la costa y tras las apañadas, en las gambuesas, donde se marcan las crías que han nacido en la costa. Las marcas de las crías guaniles que han sido “ahijadas” las suele realizar el propio dueño, aunque en ocasiones, con el objeto de facilitar la tarea es el propio comisionado el encargado de realizarlas. Dicho proceso queda restringido exclusivamente a las personas que va a marcar para evitar que se “deshije” el ganado.

“Dado que los jumentos guaniles están sueltos por no haberse hecho apañada de ellos, los marcan los vecinos para decir que son suyos, lo que va en perjuicio del pueblo. Acuerdan no se marque ninguno sin que se hallen presentes los diputados del Cabildo, no pudiéndose correrlos”.

El sistema del reconocimiento por marcas para identificar las reses, tan característico entre los pastores de la isla, es utilizado desde tiempos inmemoriales y muchos investigadores creen que esta costumbre se remonta a la época aborigen, así como las fórmulas de reconocimiento basadas en el tamaño, el color, la forma de los cuernos, la ascendencia, etc. Las cabras que se marcaban eran sobre todo las de costa o salvaje, porque si no van marcadas el pastor no podrá recuperarlas. Explicar en qué consiste la marca es un poco complejo, pero siguiendo los estudios realizados por Francisco Navarro para la parte norte de la isla se puede resumir en qué consiste:

El pastor con un cuchillo bien afilado realiza varios cortes en dos partes de la cabeza del animal, que son en las orejas y en la cara del animal.

A los cortes realizados en las orejas se le llama echar golpes y los de la cara diferencia. Los cortes de las orejas o los golpes no pueden ser menos de tres ni más de cinco. Sin embargo, los de la cara, la diferencia, solo puede ser un corte.

Digamos que, para la parte norte de la isla, existe un conjunto de señales formada por 18 unidades distintas, denominadas golpes que son cortes y que se hacen en las orejas de las cabras y que combinadas nos informan acerca de a qué familia pertenece el dueño de una cabra. Estos golpes tienen nombres como teberite, puerta, tajo, etc.

Luego existe otro conjunto de señales formada por 6 unidades distintas y que se hacen en la cara de la cabra, son las diferencias. Que también tienen nombre como barbada, chichofe, manzanilla, etc. La diferencia nos informa acerca de cuál es concretamente el miembro de la familia dueño de la cabra.

Resumiendo, una marca de una cabra está formada por varios golpes o cortes en las orejas y un corte en la cara, la diferencia.

Como dicen los pastores la marca está formada por varios golpes y una diferencia; los golpes nos comunican de qué familia se trata; la diferencia nos comunica a qué hijo pertenece la cabra.

Las diferencias que son seis, las pone solo los hijos varones del pastor. Cada hijo pone los golpes del padre más una diferencia, de tal forma que al ver una cabra saben que es de la familia tal y del hijo cual. Esto lo hacen todos los hijos a excepción del menor que su marca solo tiene golpes y no diferencia. Esto es lo que se le llama marca limpia, es decir, la misma marca del padre. La marca del padre la hereda el hijo menor.

Un ejemplo la marca: tres golpes denominados; Tajo, puerta y teberite. Pertenecen a la familia Pérez, pero con la diferencia soleta, es concretamente la cabra del hijo llamado Juan Pérez.

Las marcas se registraban en el Libro de Marcas que se custodiaban en las oficinas municipales. Así, si había alguna duda, se miraba en dicho registro y sabía a quién pertenecía la cabra.

Los cortes realizados en las orejas del animal se conocen como “golpes”, los cuales toman diversas formas y nombres, consistiendo la marca “legal” o “limpia” en tres “golpes”, dos en una oreja y uno en la otra. Se ha documentado hasta 18 tipos de golpes dando la combinación de los mismos a una multitud de marcas. Las cabras que no tienen marca se las denomina “guaniles”. Este ganado guanil, agrupado mediante las apañadas, era marcado entre los meses de marzo y septiembre.

“La mayor parte de los golpes en las orejas suponen una pérdida del tejido con un hueco: esta pérdida no la recupera la cabra con el crecimiento. Así, la señal queda en la oreja de la cabra hasta que se muere”.

En cuando a la descripción y diferencias de los golpes destacan:

1. Bujero: consiste en un pequeño rombo hecho en el eje longitudinal de la oreja de la cabra.

2. Agusá: consiste en un corte hecho en la oreja de la cabra, en forma de una cuerda geométrica que partiera de un punto del borde de la oreja y terminara en la punta.

3. Cuchillá: consiste en un corte que parte del borde de la oreja y va hacia el interior en dirección perpendicular a la línea del borde.

4. Jandía: consiste en un corte de gran amplitud que va desde la mitad de la oreja hacia la punta de forma lineal dividiendo la oreja en dos.

5. Bujero rompío: consiste en un agujero que se rasga con un corte desde el propio agujero hasta la punta de la oreja.

6. Garabato: consiste en un corte que parte del borde y va hacia el eje longitudinal de la oreja, pero, inclinado hacia la punta.

7. Chichofe: ...se hacen dos cortes, en ángulo muy agudo sobre el eje longitudinal de la oreja, de forma que el vértice quede hacia la punta.

8. Bocao: …se dobla la oreja perpendicularmente hacia al borde y se hace un corte de tal forma que al desdoblar la oreja quede un ángulo con el vértice hacia el interior y la abertura hacia el borde.

9. Espuntáa: consiste en un corte perpendicular al eje de la oreja mediante el cual se le quita solo la punta.

10. Jorqueta: consiste en dos cortes, en ángulo, hechos desde el borde de la oreja a partir de puntos cercanos a la punta y hacia el interior, en el eje longitudinal.

11. Puerta: consiste en una “cuchillá” a la que se añade un corte paralelo al eje longitudinal de la oreja.

12. Tajo: semejante al garabato. Solo se distingue de este en la dirección del corte.

13. Jarpa: consiste en dos cortes paralelos al eje longitudinal de la oreja, que terminan a cada lado de la punta de la oreja y cerca de ella.

14. Jiga: es un chichofe situado cerca de la punta.

15. Hoja de Higuera: consiste en dos cortes pequeños hechos a cada lado de la oreja.

16. Mamella: es un chichofe hecho cerca del borde de la oreja.

17. Postigo: consiste en un garabato al que se le agrega un corte pequeño hecho sobre el longitudinal de la oreja y en dirección hacia el tronco de ella.

18. Teberite: consiste en un largo corte, paralelo al eje longitudinal de la oreja, que termina en el borde y cerca de la punta de la oreja.

En cuanto al ganado guanil, del que se desconoce su propietario, a los cinco o seis meses se “diferencia” para evitar que otro ganadero lo pueda marcar y apropiárselo. En el plazo de un año este ganado puede ser subastado por el comisionado en una gambuesa en un día de apañada. Los beneficios obtenidos en las subastas son destinados a los gastos ocasionados en el mancomún.

En conclusión, las marcas ganaderas en Fuerteventura, las cuales han sido objeto de numerosos estudios, presentan unas características muy parecidas formalmente a las registradas en el resto de las islas, aunque su peso en la economía insular alcanzó siempre un notable papel en la organización ganadera. Las marcas de ganado fue el lazo que unió como herencia numerosas generaciones. “…muchas familias solo tuvieron a la marca ganadera como el lazo de unión entre las diversas generaciones, tras los múltiples desplazamientos de residencia, los avatares económicos familiares, las transformaciones en la explotación agropecuaria del medio, los sucesivos cambios en las actividades o las transformaciones en los modelos de explotación agropecuaria”.

5.11. Los tipos de objetos utilizados en las marcas del ganado.

La utilización de cuchillos en las labores de marcado del ganado en Fuerteventura hunde probablemente su tradición en la prehistoria majorera, donde los “mahos” usaron utensilios líticos y elaborados con huesos como herramientas de corte o punzantes. La introducción de metales para la elaboración de cuchillos llegó a partir del siglo XV, tras la llegada a la isla de los conquistadores normandos a la isla. Dicho utensilio, utilizado igualmente para otras tareas tanto agrícolas como ganaderas recibe el nombre de “naife” (vocablo inglés de cuchillo Knife), aunque en Fuerteventura, Lanzarote y el hierro es más conocido como “tafique” o “trafique”.

6. Localización de las gambuesas.

Algunas de las gambuesas usadas históricamente en la isla son las siguientes:

Municipio de Pájara:

Gambuesa en Rincón del Verodal.

Gambuesa en Cortijo de Cofete.

Gambuesa en Playa de Cofete I.

Gambuesa en playa de Cofete II.

Gambuesa en playa de Barlovento.

Gambuesa en Morrito de los Descansaderos.

Gambuesa de La pared.

Gambuesa de los Matos.

Gambuesa de Las Bobias.

Gambuesa de Sise Toto.

Gambuesa de Agua Camello.

Gambuesa del Mosquito.

Gambuesa de la Punta.

Gambuesa de Pecenescal.

Gambuesa de Esquinzo.

Gambuesa de Vinamar.

Gambuesa de Butihondo.

Municipio de Betancuria:

Gambuesa Llanos del Sombrero.

Gambuesa de Janey.

Gambuesa Nueva.

Gambuesa La Ventosilla.

Municipio de Antigua

Gambuesa de Monte Agudo.

Gambuesa de Pozo negro.

Gambuesa del Valle de la Cueva.

Gambuesa de Jacomar.

Gambuesa de Barranco de La Antigua.

Gambuesa Llanos de Caleta Blanca.

Gambuesa de La Torre.

Gambuesa Finca del Vicario.

Gambuesa Sombrerito de Jacomar.

Gambuesa Cañada Chamorro.

Gambuesa de Pozo Negro.

Gambuesa Fuente Las Ovejas.

Gambuesa de los Harcones y malpaís Chico.

Municipio de Tuineje:

Gambuesa de Tequital.

Gambuesa Las Rositas.

Gambuesa Barranco de Majadas Prietas.

Municipio de Puerto del Rosario:

Gambuesa Barranco de la Herradura.

Gambuesa Tablero Vega Vieja o del puertito.

Gambuesa de Jenejey.

Según información oral de los comisionados que representan a cada una de las zonas donde se realizan apañadas en la isla, las gambuesas que se encuentran en uso en el año 2022 por municipios son:

Puerto del Rosario.

Gambuesa Tablero Vega Vieja: se trata de una gambuesa ubicada en el lomo que se localiza entre el Barranco de La Cruz y el Barranco de Los Molinos. Dicha gambuesa posee un diámetro aproximado de 30 metros y cuenta con dos pequeñas entradas adinteladas (abiertas hacia el naciente y hacia el sur). En el extremo oeste de la gambuesa mayor existe otro corral anexo de planta circular de unos 6,50 metros de diámetro. La construcción presenta unos muros en buen estado, bien regularizados, con cimientos conformados con piedras de gran tamaño y una altura de 1,50 metros aproximadamente. Junto a la gambuesa se han localizado restos malacológicos y un fragmento de cerámica a torno.

Antigua.

Gambuesa Valle de La Cueva: se trata de una gambuesa ubicada en el interior del Valle de La Cueva, en las cercanías de la zona conocida como el Frontón de la Cueva, a 130 metros al sur del Barranco del Valle de La Cueva y a unos 35 metros de elevación sobre el nivel del mar. La planta es de tendencia circular, de unos 25 metros de diámetro aproximadamente, construida por muros de doble hilada de piedra basáltica y una altura de 2 metros aproximadamente. La entrada se localiza en su sector este y presenta dos habitáculos construidos en su interior.

Gambuesa Llanos de Caleta Blanca: se trata de una gambuesa ubicada en la zona conocida como Los Llanos de La Caleta Blanca inserta dentro de la zona del Mancomún de Antigua, a unos 295 metros al norte del Barranco de Monte Agudo y a unos 70 metros de elevación sobe el nivel del mar. Se trata de una gambuesa de planta de unos 30 metros de largo por 15 metros de anchura. Los muros de la estructura están conformados por hiladas de piedra saca de tipo basáltico, con una cimentación de piedras de mayor tamaño. La gambuesa presenta dos entradas en su interior, una localizada en su parte noroeste y otra en su parte sureste. En el interior se puede apreciar la existencia de un habitáculo formado por paredes de piedra, de unos 25 m² de superficie y con una entrada situada en su parte sur.

Gambuesa Pozo Negro: se trata de una gambuesa ubicada en el interior del valle de Pozo Negro en la zona de contacto entre las coladas que discurren por su interior y los jables localizados en la zona de costa. Se trata de una gambuesa de grandes dimensiones, de planta con tendencia circular de unos 25 metros de diámetro. Los muros de la estructura están construidos a base de piedra seca de tipo basáltico y con unos 2 metros de altura aproximadamente. Presenta una entrada en su parte este, formada por una abertura en el muro de 1 metro de anchura. Junto a esta entrada se localiza un corral, adosado a la gambuesa que conecta directamente con la misma.

Pájara.

Gambuesa Rincón del Verodal: se trata de una gambuesa de planta circular de unos 17 metros de diámetro orientada al sur a través de una apertura de 1,50 metros. Los muros que conforman la estructura están realizados en piedra seca caliza alcanzando una altura de 1,50 metros y un grosor de unos 70 cm.

Gambuesa Morrito de los Descansaderos: se trata de una gambuesa de 19 metros de diámetro aproximadamente y orientada al sur con una apertura de 1,50 metros de ancho. Los muros de la estructura están realizados a base de piedra seca con una altura máxima de 1,20 metros. Adosado por el este se puede apreciar una estructura de planta semicircular que posee una apertura al sur de 1 metro de anchura y 80 cm de altura.

Betancuria.

Gambuesa Llanos del Sombrero: se trata de una gambuesa ubicada en la zona conocida como Lomo del Sombrero, emplazada entre el Barranco de La Peña, situado a unos 180 metros al norte y el Barranco de La Madre del Agua, situado a unos 300 metros al sur. Ubicada a unos 155 metros sobre el nivel del mar, la estructura presenta una forma de tendencia circular, con un diámetro de 22 metros de longitud. Los muros de la gambuesa están realizados a base de piedra seca de tipo basáltico llegando a alcanzar en algunos sectores hasta 1,80 metros de altura.

Gambuesa Valle de Janey: se trata de una gambuesa formada por tres recintos de piedra seca. El más grande de los tres, es de planta oval y mide unos 32 metros de largo por 24 metros de ancho. Hacia el norte del mismo se encuentra otros dos recintos de unos 8 metros de diámetro. Los muros que conforman los tres recintos están realizados en hileras de piedra de tipo basáltico.

Tuineje.

Gambuesa Barranco de Majadas Prietas: se trata de una gambuesa ubicada en el Barranco de Majadas Prietas al este del Morro del Cencerro. Su planta es circular de unos 60 metros de longitud y posee un recinto de dimensiones menores en su interior de unos 8 metros aproximadamente. Se encuentra integrado en un yacimiento donde se han encontrado varios vestigios arqueológicos.

Gambuesa Las Rositas: esta gambuesa se encuentra ubicada en el límite sur de la zona volcánica de Malpaís Chico a unos 170 metros sobre el nivel del mar. Se trata de una gambuesa de grandes dimensiones, de planta de tendencia circular, con unos 42 metros de diámetro aproximadamente. La estructura está conformada por paredes a base de piedra seca de tipo basáltico que llegan a alcanzar los 1,20 metros de altura.

7. Asociaciones de cabra de costa de Fuerteventura.

En la actualidad existen 6 asociaciones de cabra de costa de Fuerteventura que siguen manteniendo viva esta actividad, las cuales algunas están representadas por sus correspondientes comisionados de zona.

1. Asociación de Ganaderos de Antigua (Antigua).

2. Asociación de Ganaderos de Punta La Nao (Pájara).

3. Asociación de Ganaderos del Mal Nombre (Pájara).

4. Mancomún de Puerto del Rosario “PUIPANA”. Puerto del Rosario.

5. Asociación Tradiciones y Costumbres Ganaderas del Mancomún de Betancuria “GAMABE” (Betancuria).

6. Asociación de Ganaderos de Costa de Tuineje “La Cabra Morisca” (Tuineje).

8. El papel de la mujer en las apañadas.

El papel de la mujer a la actividad ganadera de la isla ha sido muy importante históricamente si se tiene en cuenta que el desarrollo y organización de la misma ha estado siempre ligada a una economía de autoconsumo. Desde esta perspectiva, la participación de la mujer se concentraba principalmente en las labores de ordeño y elaboración de queso, más todas aquellas tareas que ocupaba todo el espacio “doméstico”.” El trabajo femenino comprende aquellas actividades desarrolladas en las proximidades de la vivienda, correspondiéndole la práctica culinaria, la fabricación del queso, la búsqueda de agua en los manantiales cercanos a los asentamientos, la obtención de leña, […], y la fabricación de la cerámica, como labor genuinamente femenina atestiguada por las fuentes etnohistóricas en otras islas del Archipiélago, así como entre las poblaciones norteafricanas”.

Aunque las apañadas de las cabras de costa era una tarea fundamentalmente de varones, algunas mujeres de forma excepcional y por diversas circunstancias, como la falta de varones en la unidad familiar o enfermedad o muerte de estos, obligaban a su participación en las mismas de forma excepcional. Por otra parte, apuntar, que por iniciativa de mujeres del municipio de Betancuria (2015), se organizaron en el mancomún del mismo, “apañadas para mujeres” en las que también acudieron hombres. Dicha iniciativa fue apoyada y promocionada por el comisionado de Betancuria y sus ganaderos.

Otra de las cuestiones relevantes referente al papel de las mujeres en la actividad ganadera era el derecho adquirido de las marcas “limpias” de sus padres o abuelos.

9. Elementos esenciales en la actividad de la apañada.

Tal y como establece el artículo 32.3 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, cuando la declaración se refiera a bienes inmateriales deberá precisar los elementos esenciales cuya alteración supondría un menoscabo de los valores que motivaron aquella, con objeto de permitir la evolución natural de este tipo de manifestaciones.

Los elementos fundamentales para el desarrollo de la actividad de la apañada son:

1. Los espacios de suelta del ganado.

2. La cabra.

3. Las gambuesas.

4. El/La comisionado/a.

5. Las marcas tradicionales del ganado.

6. Las costumbres consuetudinarias.

7. El perro bardino.

8. La lata del pastor.

10. Justificación de la declaración de BIC. El futuro de la práctica de la apañada.

La diversa problemática que afecta a la actividad ganadera de la cabra de costa, supone un peligro para la preservación y supervivencia de esta ancestral tradición a corto y medio plazo. Uno de esos principales problemas pasa por el relevo generacional al que se pueda trasmitir los conocimientos necesarios para la realización de las mismas, ya que, gran parte de los ganaderos que continúan realizando apañadas presentan una edad avanzada que les supone una limitación para desenvolverse en el terreno. Otro de los problemas está relacionado con la escasez de precipitaciones en la isla que ha ocasionado la falta de pasto y por tanto de alimento para el ganado. Como consecuencia de ello es cada vez más habitual alimentar el ganado de costa en lugares determinados, lo que ha provocado que algunos ganaderos marquen su ganado sin necesidad de apañar poniendo así en peligro la tradición. Por otro lado, el incremento de robo de animales, debido a la mayor accesibilidad a la costa a través de vehículos, los daños irreversibles en los vallados y estructuras de las zonas de costa, los ataques de perros sueltos o la enorme cantidad de cuervos existentes en la isla que atacan a las crías, están poniendo en peligro la pervivencia de una de las tradiciones ganaderas más importante que se viene desarrollando en la isla durante siglos.

La preservación de este Patrimonio Cultural Inmaterial hace necesario un esfuerzo común (ganaderos, instituciones y sociedad en general) de salvaguarda de un legado etnográfico isleño que ha sido trasmitido durante siglos de generación en generación. La memoria viva de esta actividad ganadera en la isla de Fuerteventura, hace necesaria la articulación de estrategias de carácter cultural y económico que permitan la protección del conocimiento y la trasmisión del mismo a las futuras generaciones. En este sentido, la conservación de la memoria, experiencias y testimonios de una tradición tan importante desde el punto de vista socioeconómico para la isla de Fuerteventura requiere de la protección del conjunto de bienes materiales e inmateriales de este acervo cultural que ha sido fundamental en la historia de Fuerteventura.

Redacción: Javier Cabrera Benítez. Graduado en Historia y Alejo Isidro Soler Melián. Graduado en Geografía e Historia.

11. Referencias bibliográficas.

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ANEXO II

LAS MARCAS DE GANADO

Ver anexo en las páginas 5473-5474 del documento Descargar

ANEXO III

ZONAS COMUNALES

Ver anexo en las páginas 5475-5476 del documento Descargar

ANEXO IV

ZONAS COMUNALES ACTUALES

Ver anexo en la página 5477 del documento Descargar

ANEXO V

ANEXO GRÁFICO

Ver anexo en las páginas 5478-5483 del documento Descargar

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