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BOC-A-2025-023-459.
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En aplicación de lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 52 de la Ley sobre expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, se convoca a los titulares de los bienes y derechos incluidos en la relación de afectados, que figuran en el Anexo que se acompaña, para que, en los lugares, fechas y horas que en el mismo se señalan, comparezcan al objeto de iniciar el levantamiento de las actas previas a la ocupación.
A dicho acto los interesados podrán comparecer por sí o mediante representante y venir acompañados, si lo estiman conveniente, de Perito y Notario, a su costa, debiendo presentar DNI, así como los documentos justificativos de su titularidad sobre los indicados bienes y derechos.
Los interesados, aunque no figuren en la relación de personas afectadas, podrán formular, en la forma y lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación, alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir en la confección de la relación concreta e individualizada que contiene el anexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de aplicación de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de las mencionadas actas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario.
Cumplidas las formalidades exigidas en el referido artículo 52 de la Ley sobre expropiación forzosa y concordantes de su Reglamento, esta Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad resuelve llevar a efecto la ocupación y toma de posesión de los bienes y derechos afectados. La formalización de las actas de ocupación de los mismos, para aquellos casos en los que estas resulten necesarias, se llevarán a cabo en los lugares, fechas y horas que se señalan en el citado anexo que se acompaña.
Sin perjuicio de las notificaciones individualizadas que se realizan a los distintos afectados para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y formalización de las actas de ocupación, en los casos en que estas resulten necesarias, el presente Edicto se notificará al Cabildo Insular de La Palma y a las Alcaldías de los Ayuntamientos de Villa de Mazo y El Paso, y se publicará en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Canarias, en el tablón de anuncios de las referidas Corporaciones Locales, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad (enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/destacados_menu_home/tablon_anuncios) y en dos periódicos de la provincia. La publicación en el Boletín Oficial del Estado servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo prevenido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2025.- La Directora General de Infraestructura Viaria, Rosa Ana Melián Domínguez.
ANEXO
RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOS CUYA OCUPACIÓN O DISPOSICIÓN SON NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO MODIFICADO N.º 2 DE LAS OBRAS “ACONDICIONAMIENTO DE LA CARRETERA LP-2. TRAMO: SAN SIMÓN-TAJUYA. ISLA DE LA PALMA”.
Ver anexo en las páginas 4807-4808 del documento Descargar
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