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BOC Nº 004. Miércoles 8 de enero de 2025 - 85

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

85 Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.- Resolución de 18 de diciembre de 2024, por la que se efectúa nueva convocatoria para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento de las listas de empleo de las categorías profesionales de Enfermera y Técnico Especialista de Radiodiagnóstico, a efectos de la provisión temporal de plazas específicas ubicadas en el Servicio de Medicina Nuclear de este centro asistencial.

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BOC-A-2025-004-85. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- Por la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (en adelante, CHUIMI) se ha dado traslado de memoria justificativa firmada acerca de la necesidad de proveer con personal específicamente cualificado el desempeño de plazas de las categorías de Enfermera y Técnico Especialista de Radiodiagnóstico en las unidades asistenciales de las que, respectivamente, son responsables.

Segundo.- Conforme al citado informe, la tecnología PET-CT requiere una gestión muy específica y una perfecta organización del trabajo, debido, por una parte, al material radiactivo utilizado (radiofármacos de vida media muy corta, que precisan de una actividad laboral rápida, segura y eficaz) y, por otra parte, debido al perfil de los pacientes PET, en su gran mayoría oncológicos y con un estado físico deteriorado.

El Servicio de Medicina Nuclear del CHUIMI cuenta con la citada tecnología PET-CT, por lo que se requiere que el personal estatutario de las categorías de Enfermera y Técnico Especialista de Radiodiagnóstico que pueda ser objeto de nombramiento temporal para desempeñar sus funciones en la Unidad PET-CT del indicado Servicio disponga del adecuado perfil profesional, para lo cual ha de contar con el Título de Operador de Instalaciones Radiactivas (IR) y la Licencia de Operador de IR en vigor.

Tercero.- En relación con los puestos específicos, el artículo 8 de la Orden de 3 de junio de 2011 establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC n.º 121, de 21.6.2011); prevé la posibilidad de que las Direcciones Gerencias determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento de la lista de empleo que corresponda.

Dadas las características de los específicos puestos de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico del Servicio de Medicina Nuclear, la Dirección Gerencia está facultada para determinar los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento aquellos aspirantes que, estando vinculados a esta Dirección Gerencia, hayan acreditado previamente dicho perfil.

A tal fin, la Dirección Gerencia deberá dictar resolución motivada en la que se determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, otorgando a los interesados que se encuentren vinculados orgánicamente a este Órgano Gestor un plazo de diez días hábiles desde el siguiente al de dicha publicación para acreditar ante la misma, en la forma que se determina en las bases, reunir el perfil necesario.

Cuarto.- Mediante Resolución n.º 72/2022, de 12 de enero de 2022, de la Dirección Gerencia del CHUIMI, se resolvió un primer procedimiento para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento de la lista de empleo de las indicadas categorías de Enfermera y de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico, a efectos de la provisión temporal de plazas específicas ubicadas en el Servicio de Medicina Nuclear, convocado mediante Resolución de 23 de septiembre de 2021 de la citada Dirección Gerencia (BOC n.º 219, de 22.10.2021).

Quinto.- De conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Orden de 3 de junio de 2011, en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 2021, se ha dado el trámite de audiencia a la Comisión Técnica de Lista de Empleo constituida en esta Dirección Gerencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n.º 301, de 17 de diciembre), prevé, en su artículo 9.1, el nombramiento de interinidad de personal estatutario temporal por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, y en su artículo 9 bis.1, el nombramiento de personal estatutario sustituto.

II.- La Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivados de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC n.º 121, de 21.6.2011).

III.- La Resolución de 3 de enero de 1996, de la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de delegación de ejercicio de competencias en materia de gestión de personal (BOC n.º 7, de 15.1.1996), delega en los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de los Hospitales y Gerentes de Servicios Sanitarios, en materia de gestión de personal sometido a régimen estatutario, el ejercicio de las competencias en materia de selección y nombramiento del personal temporal.

Por cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero.- Convocar nuevo proceso selectivo entre todos los candidatos integrantes de las vigentes listas de empleo de las categorías profesionales de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico, vinculados orgánicamente a la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil, para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento a efectos de la provisión, mediante nombramiento de personal estatutario temporal de las respectivas categorías, en plazas específicas ubicadas en el Servicio de Medicina Nuclear de este Complejo Hospitalario.

Segundo.- El proceso se regirá por las siguientes

BASES

Primera.- Normas generales.

1.1.- La presente convocatoria tiene por objeto reconocer preferencia en el orden de llamamiento de las vigentes listas de empleo de las categorías profesionales de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico para el nombramiento como personal estatutario temporal y sustituto de las respectivas categorías con objeto de desempeñar sus funciones en la Unidad PET-CT del Servicio de Medicina Nuclear del CHUIMI.

1.2.- El procedimiento consistirá en la comprobación del cumplimiento de los requisitos que se establecen en la base tercera, exigidos para el desempeño, con carácter prioritario, de las plazas de las citadas categorías profesionales ubicadas en el Servicio de Medicina Nuclear del CHUIMI.

1.3.- Todas las publicaciones relacionadas con el proceso se realizarán en la intranet y en el tablón de anuncios de esta Dirección Gerencia, ubicado en la siguiente dirección: Edificio Anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (Unidad de Atención al Empleado), Avenida Marítima del Sur, s/n, código postal 35016-Las Palmas de Gran Canaria.

Segunda.- Participantes.

Únicamente podrán participar en la presente convocatoria, para cada categoría profesional, los candidatos que formen parte de las respectivas listas de empleo vigentes y se encuentren vinculados orgánicamente a la Dirección Gerencia del CHUIMI.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes integrantes de las vigentes listas de empleo de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico, vinculados al CHUIMI, que deseen que se les reconozca preferencia en el orden de llamamiento de la correspondiente categoría profesional para desempeñar sus funciones en plazas del Servicio de Medicina Nuclear, deberán acreditar, al término del plazo fijado para la presentación de solicitudes, estar en posesión de los siguientes requisitos:

• Título de Operador de Instalaciones Radiactivas (IR).

• Licencia de Operador de Instalaciones Radiactivas (IR), en vigor.

Cuarta.- Plazos de presentación y registro de solicitudes.

4.1.- Las solicitudes para participar en esta convocatoria se ajustarán necesariamente al modelo que figura en el anexo de la presente Resolución y se dirigirán a la Dirección Gerencia del CHUIMI.

4.2.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4.3.- La solicitud de participación, acompañada de los documentos que se refiere la base quinta de esta convocatoria, se presentarán en el Registro Auxiliar de la Dirección Gerencia ubicado en la planta baja del Edificio Anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta.- Documentación.

5.1.- Junto a la solicitud, los participantes deberán aportar inexcusablemente los siguientes documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base tercera de la presente Resolución:

• Fotocopia compulsada del DNI o documento acreditativo de la identidad.

• Fotocopia compulsada del Título de Operador de Instalaciones Radiactivas (IR).

• Fotocopia compulsada de la Licencia de Operador de IR en vigor.

5.2.- Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, suscritos por autoridades competentes, legalizados por vía diplomática y acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción al castellano.

Sexta.- Admisión y comprobación de los requisitos por los aspirantes.

6.1.- La documentación presentada por los aspirantes será revisada por la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos del CHUIMI, a efectos de comprobar la acreditación de los requisitos exigidos.

6.2.- Solamente se tomará en consideración la documentación acreditativa de requisitos que se aporte durante el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio, en su caso, de la subsanación de defectos.

6.3.- La Dirección Gerencia del CHUIMI aprobará la relación provisional de los candidatos admitidos y excluidos por no reunir los requisitos, mediante Resolución que se publicará en los lugares a que se refiere el apartado 1.3.

6.4.- Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución para subsanar los defectos apreciados y, en su caso, reclamar contra la exclusión indebida. Si dentro del plazo establecido no subsanan el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, no se les reconocerá preferencia en el orden de llamamiento.

6.5.- Una vez finalizado el plazo de subsanaciones y reclamaciones y estudiadas las mismas por la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección Gerencia dictará Resolución aprobando la lista definitiva de integrantes de las listas de empleo de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico a quienes se reconoce preferencia en el orden de llamamiento para el nombramiento como personal estatutario temporal para el desempeño de las funciones de su respectiva categoría profesional en el Servicio de Medicina Nuclear del CHUIMI. Dicha Resolución se publicará en los lugares a que se refiere el apartado 1.3.

Séptima.- Criterio de llamamiento.

7.1.- Cuando surja la necesidad de cubrir temporalmente plazas de las categorías de Enfermera y de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico ubicadas en el Servicio de Medicina Nuclear del CHUIMI, se procederá al llamamiento de los candidatos de la correspondiente lista de empleo a los que se les haya reconocido preferencia mediante el presente procedimiento o procedimientos similares resueltos con anterioridad.

7.2.- El orden de llamamiento vendrá determinado por el lugar que se ocupe en las vigentes listas de empleo entre aquellos candidatos de la correspondiente categoría profesional a quienes se les haya reconocido preferencia, debiendo acreditar, en cualquier caso, que en el momento del nombramiento continúan en vigor el título y la licencia exigidos para el desempeño de este tipo de plazas conforme a la normativa vigente.

7.3.- De agotarse los candidatos con derecho preferente, se llamará al resto de los que integran la lista de empleo de la correspondiente categoría profesional que se encuentren vinculados orgánicamente a esta Dirección Gerencia, por el orden que ocupen en la misma, siempre y cuando reúnan los requisitos de titulación y licencia exigidos para este tipo de plazas por la normativa vigente.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, o bien potestativamente recurso de reposición dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación/notificación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2024.- El Director Gerente, José Javier Blanco López.

ANEXO

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA EL RECONOCIMIENTO DE PREFERENCIA EN EL ORDEN DE LLAMAMIENTO, A EFECTOS DE COBERTURA DE PUESTO ESPECÍFICO CORRESPONDIENTE A LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES DE ENFERMERA Y TÉCNICO ESPECIALISTA DE RADIODIAGNÓSTICO, A EFECTOS DE LA PROVISIÓN TEMPORAL DE PLAZAS ESPECÍFICAS UBICADAS EN EL SERVICIO DE MEDICINA NUCLEAR DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL COMPLEJO HOSPITALARIO UNIVERSITARIO INSULAR MATERNO INFANTIL.

Ver anexo en la página 959 del documento Descargar

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