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BOC Nº 252. Jueves 19 de diciembre de 2024 - 4264

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

4264 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 12 de diciembre de 2024, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 2 de diciembre de 2022, se les requiere para la acreditación de determinados requisitos y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.

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BOC-A-2024-252-4264. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Función Pública (BOC n.º 245, de 15.12.2022), se convocan pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El total de plazas convocadas asciende a 20, correspondiendo dieciocho (18) al turno general y dos (2) al turno de discapacidad.

Vista la Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Presidenta del Tribunal Calificador, se eleva a esta Dirección General la relación de las quince (15) personas aspirantes seleccionadas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de las bases generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016 (BOC n.º 252, de 29.12.2016), que resultan de aplicación a la presente convocatoria, así como en el apartado 14 de las bases específicas del procedimiento selectivo de referencia, una vez recibida la propuesta de nombramiento junto con las actas del Tribunal y demás documentación del proceso selectivo, la Dirección General de la Función Pública aprobará, mediante Resolución, la relación de las personas aspirantes seleccionadas, requerirá la acreditación de determinados requisitos y realizará oferta de los puestos de trabajo a los efectos de que las personas seleccionadas manifiesten sus preferencias, lo que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3965/2024, de 9 de noviembre, se da cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional 17.ª del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y demás legislación vigente en materia de empleo público temporal, se determinan los criterios para la identificación de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario desempeñados por personal funcionario interino en las convocatorias de selección de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Dirección General de la Función Pública ha procedido con carácter previo a esta Resolución a la identificación de los puestos de trabajo desempeñados por personal funcionario interino, en la página web del proceso selectivo, que son objeto de provisión definitiva a través de la presente convocatoria.

De otra parte, en la medida en que el número de plazas convocadas es superior al de aquellas que han de ser provistas de forma definitiva dado su desempeño temporal, se completa la identificación de los puestos a ofertar con puestos vacantes puros hasta el límite de las plazas convocadas atendiendo a las concretas necesidades de recursos humanos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A través de la presente Resolución se oferta un número de puestos de trabajo coincidente con el total de plazas ofertadas al Cuerpo Administrativo en la Oferta de Empleo Público del año 2019.

En virtud de lo expuesto, y al amparo de la competencia atribuida por el artículo 76.1.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024), esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Personas aspirantes seleccionadas.

Publicar la relación de las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), contenida en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.

1. En el plazo de veinte (20) días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de la persona aspirante seleccionada, en la solicitud de participación en las pruebas.

2. La persona seleccionada que no haya prestado el citado consentimiento deberá aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9931

Tercero.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.

En el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.

Cuarto.- Declaración responsable.

Todas las personas aspirantes seleccionadas, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de veinte (20) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica:
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9931

Quinto.- Capacidad funcional.

1. En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, la persona seleccionada deberá cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

2. No obstante, de conformidad con el artículo 15 del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona seleccionada, que es personal funcionario de carrera de esta Administración, se encuentra en situación de servicio activo o lo ha estado en los últimos seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta Resolución, no tendrá la obligación de cumplimentar la citada encuesta previa de salud, siendo sustituida por una declaración responsable sobre su estado de salud.

Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado segundo de esta Resolución.

3. Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.

Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.

Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá sin embargo cumplimentar la encuesta previa de salud.

Sexto.- Falta de cumplimiento de trámites.

Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas seleccionadas no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carece de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.

No obstante, si se produjera alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, o si se produjera la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, y con el fin de asegurar la cobertura de plazas, la Dirección General de la Función Pública podrá requerir del Tribunal Calificador una relación complementaria de la persona aspirante que siga a la propuesta, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

Séptimo.- Oferta de puestos de trabajo.

1. Se ofertan a las personas aspirantes seleccionadas los puestos de trabajo que figuran en la página web de la Dirección General de la Función Pública del proceso selectivo correspondiente.

2. En el mismo plazo de veinte (20) días hábiles a que se refiere el apartado segundo de esta Resolución, las personas seleccionadas deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.

3. A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9931

4. A quienes no cumplimenten este trámite en el plazo conferido y en la forma establecida se les adjudicará el puesto de trabajo que no resulte adjudicado una vez resueltas las demás adjudicaciones.

Octavo.- Publicación.

Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 2024.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

ANEXO

Ver anexo en la página 44108 del documento Descargar

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