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BOC Nº 245. Martes 10 de diciembre de 2024 - 4103

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4103 EXTRACTO de la Orden de 27 de noviembre de 2024, por la que se convocan de manera anticipada, para el ejercicio 2025, las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) previstas en el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, que establece las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

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BOC-A-2024-245-4103. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 799915.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/799915).

Primero.- Objeto.

Podrán ser objeto de subvención la compra y administración de vacunas y medicamentos veterinarios (desparasitante) incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de las ADSG.

Segundo.- Beneficiarios.

Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) inscritas en el Registro de ADSG de Canarias con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, así como los complementarios que se fijan en el resuelvo cuarto de esta Orden de convocatoria.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (BOE n.º 50, de 27.2.2015).

Cuarto.- Cuantía

Se destinan créditos por importe de setecientos treinta y cinco mil (735.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.11.412C.4700200, L.A. 13.4108.02 “Agrupaciones de defensa sanitaria”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2024.

La cuantía a percibir por cada ADSG será la que resulte de aplicar la fórmula que se señala en el apartado 3 del resuelvo quinto de esta Orden de convocatoria, sin que pueda superar en ningún caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, el 100% del importe del presupuesto relativo a las actuaciones subvencionables presentado por la ADGS.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Un (1) mes contado a partir del día 13 de enero de 2025, y siendo el último día para presentar las solicitudes el día 12 de febrero de 2025, de acuerdo con el calendario de días hábiles de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Canarias, a 27 de noviembre de 2024.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.

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